Jurisprudencia
Expte. n° TSJ 65341/2026-0 “ATM CÍA. DE SEGUROS S.A. S/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CIVIL) EN GOMEZ, ELIDA MIRTA Y OTROS C/ HEREDIA, PABLO DANIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/ LES. O MUERTE) (EXPTE. N° 43497/2016) ”
Datos bibliográficos: incompletos · Campos pendientes: tribunal, fecha · El documento conserva contenido judicial útil para consulta.
Documento obtenido de repositorios públicos de jurisprudencia.
Expte. n° TSJ 65341/2026-0 “ATM CÍA. DE SEGUROS S.A. S/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CIVIL) EN GOMEZ, ELIDA MIRTA Y OTROS C/ HEREDIA, PABLO DANIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/ LES. O MUERTE) (EXPTE. N° 43497/2016) ” Vistos: los autos indicados en el epígrafe.
Resulta:
1. ATM Cía. De Seguros S.A. interpuso ante el Tribunal recurso de inconstitucionalidad. 2. El recurso se dirigió contra la decisión de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que confirmó la sentencia de primera instancia y dispuso que el límite debía ajustarse a las normas vigentes de la Superintendencia de Seguros de la Nación al momento del efectivo pago (resolución del 12-03-2026).
Fundamentos:
Corresponde rechazar la presentación a estudio en tanto no viene articulada por ninguna de las vías con arreglo a las cuales puede obtenerse pronunciamiento de este Tribunal (art. 113 CCABA y ley 402). El juez Santiago Otamendi, por su voto, dijo: Dado que el recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto ante este Tribunal y no ante el que dictó la resolución que lo motiva (art. 28 de la ley 402), corresponde desestimar la presentación (cfr., en sentido concordante, Fallos: 301:459, entre muchos otros).
Por ello,
el Tribunal Superior de Justicia
resuelve:
1. Rechazar el recurso deducido por ATM Cía. De Seguros S.A. 2026 - Año del 30° Aniversario de la sanción de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 1
2. Mandar que se registre, se notifique y, oportunamente, se remita a la Sala interviniente. La sentencia se dicta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2026 - Año del 30° Aniversario de la sanción de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2
TSJ|EXP:65341/2026-0 CUIJ J-01-00065341-8/2026-0|ACT 1613374/2026 REGISTRO NRO. : 2271/2026 FIRMADO DIGITALMENTE 16/07/2026 18:14 Ines Monica WEINBERG JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Santiago OTAMENDI JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Alicia Enriqueta Carmen RUIZ JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Marcela Vivian DE LANGHE JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Luis Francisco LOZANO JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Consultar texto original completo
<!-- pdf_sha256: c99cc49ce6192aefb175268cb4c0972554e78d3a8d50d68215519c712e2c5bad --> <!-- extractor: pymupdf-1.28.2 --> ## Página 1 Expte. n° TSJ 65341/2026-0 “ATM CÍA. DE SEGUROS S.A. S/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CIVIL) EN GOMEZ, ELIDA MIRTA Y OTROS C/ HEREDIA, PABLO DANIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/ LES. O MUERTE) (EXPTE. N° 43497/2016) ” Vistos: los autos indicados en el epígrafe. Resulta: 1. ATM Cía. De Seguros S.A. interpuso ante el Tribunal recurso de inconstitucionalidad. 2. El recurso se dirigió contra la decisión de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que confirmó la sentencia de primera instancia y dispuso que el límite debía ajustarse a las normas vigentes de la Superintendencia de Seguros de la Nación al momento del efectivo pago (resolución del 12-03-2026). Fundamentos: Corresponde rechazar la presentación a estudio en tanto no viene articulada por ninguna de las vías con arreglo a las cuales puede obtenerse pronunciamiento de este Tribunal (art. 113 CCABA y ley 402). El juez Santiago Otamendi, por su voto, dijo: Dado que el recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto ante este Tribunal y no ante el que dictó la resolución que lo motiva (art. 28 de la ley 402), corresponde desestimar la presentación (cfr., en sentido concordante, Fallos: 301:459, entre muchos otros). Por ello, el Tribunal Superior de Justicia resuelve: 1. Rechazar el recurso deducido por ATM Cía. De Seguros S.A. 2026 - Año del 30° Aniversario de la sanción de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 1 ## Página 2 2. Mandar que se registre, se notifique y, oportunamente, se remita a la Sala interviniente. La sentencia se dicta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2026 - Año del 30° Aniversario de la sanción de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2 ## Página 3 TSJ|EXP:65341/2026-0 CUIJ J-01-00065341-8/2026-0|ACT 1613374/2026 REGISTRO NRO. : 2271/2026 FIRMADO DIGITALMENTE 16/07/2026 18:14 Ines Monica WEINBERG JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Santiago OTAMENDI JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Alicia Enriqueta Carmen RUIZ JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Marcela Vivian DE LANGHE JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Luis Francisco LOZANO JUEZ/A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA