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ZARATE, MAYLEN AYELEN c/ VILLABA, NICOLAS JOSÉ Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O

Datos bibliográficos: incompletos · Campos pendientes: tribunal, fecha · El documento conserva contenido judicial útil para consulta.

Procedencia: PJN · CABA · No hay URL oficial individual verificada para este documento.

Documento obtenido de repositorios públicos de jurisprudencia.

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Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL SALA I – 77558/ 2016 ZARATE, MAYLEN AYELEN c/ VILLABA, NICOLAS JOSÉ Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE) Buenos Aires, .- 28 de febrero de 2025

AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto el 2/2/2025 y 6/2/2025 frente a la regulación de honorarios del 30/12/2024. Para estudiar los emolumentos motivados en este tipo de trabajos deben ponderarse las constancias de autos y la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión junto con la naturaleza del asunto, su cuantía y las demás pautas establecidas en los arts. 1, 3,16, 21,41, 51, 54 y concordantes de la ley 27.423. Igualmente, es importante resaltar que esta Sala considera que siempre tiene que respetarse la proporcionalidad que debe haber entre la base regulatoria y los honorarios. Bajo tales premisas, por resultar reducidos, se elevan los honorarios del Dr. PABLO ANDRES MARTOS, por las tareas de ejecución de los honorarios del perito accidentologo Penkaluk, en la cantidad de 16 UMA que al día de la fecha representa la suma de $1.062.976. ASÍ SE DECIDE. La vocalía número 27 se encuentra vacante. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el artículo 164, 2° párrafo del Código Procesal y artículo 64 del Reglamento para la Justicia Nacional, sin perjuicio de lo cual será remitida al Centro de Información Judicial a los fines previstos por las acordadas 15/13 y 24/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. PAOLA MARIANA GUISADO – JUAN PABLO RODRÍGUEZ JUECES DE CÁMARA Fecha de firma: 28/02/2025 Firmado por: PAOLA MARIANA GUISADO, JUEZA DE CÁMARA Firmado por: JUAN PABLO RODRIGUEZ, JUEZ DE CÁMARA #29059377#446056205#20250228114833675

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Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL SALA I –
77558/ 2016
ZARATE, MAYLEN AYELEN c/ VILLABA, NICOLAS JOSÉ Y
OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O
MUERTE)
Buenos Aires, .- 28 de febrero de 2025
AUTOS Y VISTOS:
Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en
el recurso de apelación interpuesto el 2/2/2025 y 6/2/2025 frente a
la regulación de honorarios del 30/12/2024.
Para estudiar los emolumentos motivados en este tipo
de trabajos deben ponderarse las constancias de autos y la labor
profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión junto con
la naturaleza del asunto, su cuantía y las demás pautas establecidas
en los arts. 1, 3,16, 21,41, 51, 54 y concordantes de la ley 27.423.
Igualmente, es importante resaltar que esta Sala
considera que siempre tiene que respetarse la proporcionalidad que
debe haber entre la base regulatoria y los honorarios.
Bajo tales premisas, por resultar reducidos, se elevan
los honorarios del Dr. PABLO ANDRES MARTOS, por las
tareas de ejecución de los honorarios del perito accidentologo
Penkaluk, en la cantidad de 16 UMA que al día de la fecha
representa la suma de $1.062.976.
ASÍ SE DECIDE.
La vocalía número 27 se encuentra vacante.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Se hace constar que la publicación de la presente
sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el artículo 164,
2° párrafo del Código Procesal y artículo 64 del Reglamento para la
Justicia Nacional, sin perjuicio de lo cual será remitida al Centro de
Información Judicial a los fines previstos por las acordadas 15/13 y
24/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
PAOLA MARIANA GUISADO – JUAN PABLO RODRÍGUEZ
JUECES DE CÁMARA
Fecha de firma: 28/02/2025 Firmado por: PAOLA MARIANA GUISADO, JUEZA DE CÁMARA Firmado por: JUAN PABLO RODRIGUEZ, JUEZ DE CÁMARA
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