Jurisprudencia
DORTONA RUBEN FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
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Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 / 26785 2007 DORTONA RUBEN FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS Ciudad Autónoma de Buenos Aires, .-
VISTO:
El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada que se dirige contra el pronunciamiento de esta Sala y toda vez que el mismo cumple con los recaudos exigidos por la Acordada n° 4/07 de la C.S.J.N, corresponde proceder a su análisis.
Y CONSIDERANDO:
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que las resoluciones dictadas en el procedimiento de ejecución de sentencia dirigidas a hacerla efectiva, así como las que interpretan o determinan el alcance de lo decidido con posterioridad a su dictado, no son eficaces para habilitar la vía del art.14 de la ley 48 (Fallos 292:32 y sus citas; 306:1728; 310:428; 319:2349; 322:3030). Por lo señalado, el Tribunal : RESUELVE 1) Rechazar el recurso extraordinario interpuesto por la demandada, con costas en el orden causado por no haber mediado contradicción (conf. art. 68, párrafo segundo, CPCCN); 2) Regístrese. Notifíquese. Protocolícese. Oportunamente, devuélvase. NORA CARMEN DORADO JUAN A. FANTINI ALBARENQUE Juez de Cámara Juez de Cámara WALTER F. CARNOTA Juez de Cámara Subrogante Ante mí: MARINA MALVA D’ONOFRIO Secretaria de Cámara MVI Fecha de firma: 25/09/2025 Firmado por: JUAN A FANTINI ALBARENQUE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORA CARMEN DORADO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: WALTER FABIAN CARNOTA, JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE Firmado por: MARINA MALVA D'ONOFRIO, SECRETARIA DE CÁMARA #25700529#472167022#20250917091233289
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