Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7019
Ley 7019/1965 - ACORDANDO SUBVENCION A LA ASOCIACION DE PROTECCION AL REFUGIADO DE LA CAPITAL FEDERAL.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 03/03/1965
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 7019 LEY 7019 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Acuérdase la suma de trescientos cuatro mil ciento sesenta y siete pesos moneda nacional ($ 304.167 m/n), en concepto de subvención mensual, a la Asociación de Protección al Refugiado de la Capital Federal, con destino a solventar gastos de mantenimiento del Hogar Santa Rita, con sede en la calle Pirovano 1039, de la localidad de Martínez, partido de San Isidro. ARTICULO 2.- Las sumas que determine el cumplimiento de la presente ley, se tomarán de Rentas Generales. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.