Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9695

Decreto-ley 9695/1981 - (DEROGADA POR LEY 9759) SUSPENDE OBLIGATORIEDAD DE EFECTUAR EL ESTUDIO DE TITULOS Y ANTECEDENTES, QUE IMPONE EL ART 156 DE LA LEY 9020, ORGANICA DEL NOTARIADO. RIGE DESDE 1/11/81.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 08/05/1981
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9695/1981 DEROGADO POR EL DEC-LEY 9759/81 DECRETO-LEY 9695/81 LA PLATA, 7 de MAYO de 1981. VISTO lo actuado en el expediente número 2200-1059/80 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1: Suspéndese hasta el 31 de Octubre de 1981 la vigencia de la obligatoriedad de efectuar el estudio de títulos y antecedentes que impone el artículo 156 de la Ley 9.020. Dicha exigencia comenzará a regir el 1º de Noviembre de 1981 y no estará condicionada a la puesta en funcionamiento del Archivo de Actuaciones Notariales previsto en la Ley citada. ARTICULO 2: La presente Ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación. ARTICULO 3: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.