Nación · Ley N° 16482

Ley 16482 - REFUERZASE EL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO 1964 DE LA IMPRENTA DEL CONGRESO.

Estado no verificadoSanción: 23/09/1964Publicación B.O.: 23/10/1964Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Infoleg CONGRESO DE LA NACION Presupuesto LEY N° 16.482 Sancionada: setiembre 23 de 1964 Promulgada: octubre 16 de 1964 POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: ARTICULO 1° – Refuérzase el presupuesto para el ejercicio 1964 de la Imprenta del Congreso (Anexo 22, Congreso de la Nación, ítem 312) en la suma de m$n 12.000.000, con la siguiente distribución: Sector 2. Financiación 1 – Inciso 7 – gastos en personal – Personal obrero y de maestranza – Partida Global: Para pagos de jornales del personal obrero en épocas en que sesionan las Honorables Cámaras, m$n 6.000.000.– Sector 2. Financiación 1 – Inciso 9 – Otros Gastos – Gastos generales – Gastos de financiamiento – Partida principal 7, subprincipal 54, partida parcial 373; Materiales para imprenta y encuadernación m$n 6.000.000.– ARTICULO 2° – El gasto de esta ley se tomará de rentas generales con imputación a la misma. ARTICULO 3° – Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de setiembre del año mil novecientos sesenta y cuatro. C. H. PERETTE A. MOR ROIG Claudio A. Maffei Eduardo T. Oliver – Registrada bajo el N° 16.482 –