Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14402
Ley 14402/2012 - PRORRóGASE POR EL TéRMINO DE 12 MESES, LA EMERGENCIA DE LA INFRAESTRUCTURA EDILICIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECLARADA POR LEY 13795.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 12/12/2012
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 14402 LEY 14402 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º - Prorrógase, a partir de su vencimiento y por el término de doce (12) meses, la emergencia de la infraestructura edilicia del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, declarada por Ley 13.795 y prorrogada por Leyes 13.946, 14.090, 14.187 y 14.298. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil doce.