Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 7057
Decreto-ley 7057/1957 - (DEC-LEY 7057/957)DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA,FRANJA DE TERRENO EN EL PARTIDO DE CHASCOMUS,PARA OBRA DE ENSANCHE Y URBANIZACION DE LA AVENIDA MUÑIZ.
[ ¡NA — 856 — i i DECRETO - LEY N? 7.057 ' Declarando de utilidad pública, franja de terreno en el partido ! de Chascomús, para obra de ensanche y urbanización i de la avenida Muñiz | I La Plata, 3 de mayo de 1957. / Visto el presente expediente 859.817|954, del Ministerio de Ha- i i cienda, Economia y Previsión y el acumulado N° 2.612-25.052, de | d 1956, del Ministerio de Educacion, por el que la Intendencia Muni- cipal de Chascomús, solicita del “Museo Pampeano”, dependiente del | ' Departamento de Educación, la cesión de una franja de terreno sobre | el frente del inmueble que ocupa el nombrado Museo, a fin de poder | llevar a cabo, en ese tramo, las obras de ensanche de la Avenida Mu- | fiz, de ese ejido, y resultando acreditado el interés público que guar- | | 4 da la normalización del ensanche y urbanización de la mencionada i i | avenida, para lo cual debe suStraerse del parque anexo al referido H | | Museo, una fracción de 261 metros cuadrados. | : Por ello, atento lo informado por la Contaduría de la Provincia i Ñ y vista del señor Fiscal de «Estado, el Interventor Federal de la | provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — | i \ } E DECRETA CON FUERZA DE LEY: | | La Art. 1° Declárase de uso público a fin de resultar comprendida. L ! en las obras de ensanche y urbanización de la Avenida Muñiz, del ¡E partido de Chascomús, a la fracción de tierra, con frente a dicha ar- i | teria comprendida entre las calles Cramer y Avenida Lastra, en una. it i extensión de ochenta y siete metros (87) de largo por tres me- "NE i tros (3) de ancho, o sea una superficie total de doscientos sesenta. Ñ Ñ ey y un metros cuadrados (261), y que es parte del inmueble pertene- | Wig ciente al “Museo Pampeano”, dependiente del Ministerio de Edu- . | o cación. We Art, 22 Autorízase a la Municipalidad de Chascomús, a realizar a los trabajos pertinentes tendientes a dar cumplimiento a lo estable- Hi ia cido en el articulo precedente. . | | i Art. 32 Una copia del presente decreto-ley será remitida a la vr Contaduría de la Provincia, y se comunicará el movimiento de alta. . 4 Wee y baja, que se produce en la actualización que establece el artículo 8? i! ) del decreto 11.763/953 “Régimen Patrimonial- Reglamentación de: EN Inventario Permanente”, con intervención de los Registros Patfimo- t | | 11 niales correspondientes. | if | 4 Art. 4° El presente decreto-ley sera refrendado por todos los | Ho ministros en Acuerdo General. i || Art. 59 Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. | | | Al . Art. 6% Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín i i : Oficial” y pase al Departamento de Educación para su cumplimiento : H | y demás efectos, previa vista al señor Fiscal de Estado. i i NE BONNECARRERE, TN E. Z. DE DECURGEZ, JUAN R, AGUIRRE LANARI, i } hed E. Cortés, JAIME E. Ruiz, i Th Ca RODOLFO A. EYHERABIDE, A. R. REYNAL O'CONNOR. | lia dui abi i in Ñ | i ay We i ! A A ]