Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5647
Ley 5647/1951 - AMPLÍA EL PLAZO FIJADO POR LA LEY 5259. ESCUELA TÉCNICA DE OFICIOS DE LA NACIÓN, EN BERISSO, PARTIDO DE LA PLATA.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/08/1951
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 5647 LEY 5647 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Amplíase en cinco años más, a partir de la promulgación de la presente, el plazo establecido en el artículo 2º de la Ley 5259. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.