Nación · Ley N° 22874

Ley 22874 - MODIFICASE EL ART. 53 DE LA LEY N° 22.269

Estado no verificadoSanción: 16/08/1983Publicación B.O.: 24/08/1983Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

INFOLEG OBRAS SOCIALES Sustitúyese el artículo 53 de la Ley N° 22.269 LEY N° 22.874 Buenos Aires, 16 de agosto de 1983 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° – Sustitúyese el texto del artículo 53 de la Ley N° 22.269 por el siguiente: "El actual régimen de obras sociales deberá organizarse de conformidad con las normas de la presente, antes del 31 de diciembre de 1983". ARTICULO 2º – Esta ley regirá a partir de la fecha de su promulgación. ARTICULO 3º –Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. BIGNONE Adolfo Navajas Artaza