Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13475

Ley 13475/2006 - AGRéGANSE LOS ART.20, 21 Y 22 A LA LEY 10239 DE EXPROPIACION DE INMUEBLES UBICADOS EN SAN FRANCISCO SOLANO, PARTIDO DE QUILMES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 15/06/2006
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Ley 13475 LEY 13475 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Agréganse los artículos 20, 21 y 22 a la Ley 10.239 la que quedará redactada de la siguiente manera: “Artículo 20.- El Organismo de Aplicación podrá rescindir las adjudicaciones, por las siguientes causales: a) Cuando lo solicitare el adjudicatario. b) Por incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones impuestas por la Ley. c) Por no habitar el adjudicatario actualmente el inmueble, conforme al relevamiento ocupacional realizado mediante el censo correspondiente. Artículo 21.- Serán considerados adjudicatarios los actuales ocupantes que demuestren posesión pacífica y continua en la fracción durante los dos (2) años anteriores contados a partir del último relevamiento ocupacional. Artículo 22: El nuevo beneficiario deberá reunir las condiciones previstas en los incisos b), c) y d) del artículo 7°. En todos los supuestos de transferencia, el nuevo adquirente deberá hacer expresa aceptación, en el título traslativo de dominio, de las prohibiciones y restricciones establecidas en los artículos 7° y 8°.” ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los tres días del mes de mayo del año dos mil seis. Ismael José Passaglia Graciela M. Giannettasio Presidente H. C. Diputados Presidente H. Senado de la Pcia. de Buenos Aires de la Pcia. de Buenos Aires Juan Pedro Chaves Máximo Augusto Rodríguez Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. C. Diputados H. Senado de Buenos Aires de la Pcia. de Buenos Aires Decreto 1223 La Plata, 1° de junio de 2006. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese. Florencio Randazzo Felipe Solá Ministro de Gobierno Gobernador de la provincia de Buenos Aires Registrada bajo el número TRECE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO (13.475). María López Outeda Subsecretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos de la Gobernación