Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 165

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y OBJETIVOS - MINISTERIO DE SALUD - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA - ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - ATENCIÓN HOSPITALARIA - ATENCIÓN PRIMARIA, AMBULATORIA Y COMUNITARIA - PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - DIRECCIÓN GENERAL - ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS - ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES EN SALUD - LEGAL Y TÉCNICA - COMPETENCIAS SANITARIAS JURISDICCIONALES - HOSPITALES - SISTEMA DE ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA - SAME - SALUD MENTAL - ATENCIÓN PRIMARIA - SALUD COMUNITARIA - COORDINACIÓN DE REDES Y FINANCIAMIENTO EN SALUD - SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA - CULTURA ORGANIZACIONAL Y EXPERIENCIA CIUDADANA EN EL SISTEMA DE SALUD PÚBLICO - DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - DIRECCIÓN HOSPITALES - ADJUNTA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - HOSPITALES - FUERA DE NIVEL - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA EL ABORDAJE DE ADICCIONES - INSTITUTO DE TRASPLANTE DE LA CABA - LEY 3294 - FACTURACIÓN Y COBRANZA DE LOS EFECTORES PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO - FACOEP SE - LEY 5622 - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) TRANSFORMACIÓN DIGITAL EN SALUD Y REGISTRO DE HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/04/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus modificatorios, 387/23 y sus modificatorios y 40/25, el Expediente EX-2025-15206200- GCABA-DGAYDRH, y CONSIDERANDO: Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales; Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Salud; Que mediante Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de Dirección General; Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo, por el Decreto 40/25 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Salud; Que en este sentido, se propicia readecuar las competencias del citado Ministerio; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1 de abril de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a los