Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8431

Ley 8431/1975 - DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETA A EXPROPIACIÓN FRACCIÓN DE TIERRA UBICADA EN LA LOCALIDAD DE MONES CAZÓN A FIN DE CONSTRUIR LA ESCUELA PROFESIONAL MIXTA Nº 1.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/07/1975
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 8431 LEY 8431 Declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación fracción de tierra ubicada en la localidad de Mones Cazón a fin de construir la Escuela Profesional Mixta Nº 1. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA LEY: ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de tierra ubicada en la localidad de Mones Cazón, Partido de Pehuajó, designada catastralmente como Circunscripción XV, Sec­ción A, Manzana 22, comprendida entre las calles Dardo Rocha, Avenida Los Ángeles, Ramos Mejía y Roque Sáenz Peña, en su totalidad. Figuran como propietarios de las Parcelas Eleutario Fernández, Ga­briel Oviedo y Juan María Sacriste, o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2.- El inmueble cuya expropiación se autoriza por el artículo anterior, será destinado para el Ministerio de Educación de la Pro­vincia a fin de construir en él la Escuela Profesional Mixta Nº 1, de Mones Cazón. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará con cargo a Rentas Generales. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.