Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8431
Ley 8431/1975 - DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETA A EXPROPIACIÓN FRACCIÓN DE TIERRA UBICADA EN LA LOCALIDAD DE MONES CAZÓN A FIN DE CONSTRUIR LA ESCUELA PROFESIONAL MIXTA Nº 1.
Ley 8431 LEY 8431 Declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación fracción de tierra ubicada en la localidad de Mones Cazón a fin de construir la Escuela Profesional Mixta Nº 1. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA LEY: ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de tierra ubicada en la localidad de Mones Cazón, Partido de Pehuajó, designada catastralmente como Circunscripción XV, Sección A, Manzana 22, comprendida entre las calles Dardo Rocha, Avenida Los Ángeles, Ramos Mejía y Roque Sáenz Peña, en su totalidad. Figuran como propietarios de las Parcelas Eleutario Fernández, Gabriel Oviedo y Juan María Sacriste, o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2.- El inmueble cuya expropiación se autoriza por el artículo anterior, será destinado para el Ministerio de Educación de la Provincia a fin de construir en él la Escuela Profesional Mixta Nº 1, de Mones Cazón. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará con cargo a Rentas Generales. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.