Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12077

Ley 12077/1998 - SE SUSPENDE HASTA EL 31/03/1998 INCLUSIVE LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 23° Y 48° INCISO 3) Y CONCORDANTES DE LA LEY 11.430 (LEY DE TRÁNSITO); SEGÚN REDACCIÓN DE LA LEY 11.460 EN LO REFERIDO A LA VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR.-

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/01/1998
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12077 LEY 12077 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Suspéndase hasta el 31 de marzo de 1998 inclusive, la aplicación de los Arts. 23, 48 inc. 3) y concordantes de la Ley 11.430, según redacción de la Ley 11.460 en lo referido a la exigibilidad de la verificación técnica vehicular para circular con automotores, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.