Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7009
Ley 7009/1965 - EXPROPIACIóN DE LOTES DE TERRENO EN SAN MIGUEL, GENERAL SARMIENTO, PARA CONSTRUCCIóN EDIFICIO ESCUELA 11.
Ley 7009 LEY 7009 Expropiación de lotes de terreno en San Miguel, General Sarmiento, para construcción edificio Escuela 11. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación con todo lo plantado y edificado sobre los mismos, seis lotes de terreno ubicados los tres primeros con frente a la calle Urquiza y los tres restantes comunicados por sus fondos con los anteriores, con frente a la calle Serrano ambas entre las de Charlone e Italia, de la Localidad de San Miguel, Partido de General Sarmiento: designados según
título como Lotes 3, 4, 5, 14, 15 y 16 de la Manzana 147 del plano 48-145- 49,
y según catastro como: Parcelas 3, 4, 5, 14, 15 y 16, Manzana 147, Sección D, Circunscripción I, con una superficie de cuatrocientos veinte metros con setenta decímetros cuadrados (420,70 m 2 ), cuatrocientos sesenta y dos metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados (462,44 m 2 ), cuatrocientos sesenta y dos metros cuadrados (462 m 2 ), quinientos noventa y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados (598,40 m 2 ), quinientos noventa y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados (598,40 m 2 ) y quinientos cuarenta y cuatro metros cuadrados (544 m 2 ), respectivamente, propiedad de Emma Ventricci de Capurro, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, inscriptos en el Registro de la Propiedad bajo el Folio 107, del año 1945, guía de contribuyentes 82.180, 82.821, 82.822, 82.823, 82.824 y 82.825, respectivamente, con destino a la construcción del edificio fiscal de la Escuela número 11 del precitado partido. ARTÍCULO 2.- La presente Ley se apartará de lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley 5708, General de Expropiaciones. ARTÍCULO 3.- La inversión que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Anexo XIII, Crédito para el cumplimiento de Leyes Especiales del Presupuesto de Capital vigente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.