Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7416

Ley 7416/1968 - MODIFICA EL ART.7 DE LA LEY 6936 REF. CONVENIO ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL BANCO DE LA PROVINCIA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/08/1968
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 7416 DECRETO-LEY 7416/68 La Plata, 9 de Agosto de 1968. Visto la autorización del Gobierno Nacional concedida por de­creto 4.547/68, en ejercicio de las facultades legislativas que le con­fiere el articulo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Modificase el artículo 7º de la ley 6.936 el que quedará redactado en la siguiente forma: Art. 7º Autorízase al Banco de la Provincia de Buenos Aires para abrir un crédito a favor de la Provincia de hasta trescientos millones de pesos moneda nacional ($ 300.000.000 moneda nacional), renovable por acuerdo de partes, para la construcción de la Cárcel de Mar del Plata. La Provincia, con la firma del señor Director de Arquitec­tura, girará sobre dicho crédito para el pago de los certifi­cados que emiten durante la construcción de la obra y hasta cubrir la suma autorizada. La Provincia reintegrará al 31 de diciembre del año sub­siguiente los fondos utilizados en cada periodo anual con más un diez por ciento (10 %) de interés. El cierre total de la operación podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 1972". ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial".