Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 308

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DEL DECRETO 308-19 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO POR LA SEÑORA TAMARA DEL VALLE BULACIO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 32-MJYSGC-18, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU

Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/09/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 5.688 (textos consolidados por la Ley N° 6.017), el Decreto N° 391/18, la Resolución N° 32-MJYSGC/18, los Expedientes Electrónicos Nros. 05785940-MGEYA-DGTALMJYS/2018, 14542165-MGEYA-SICYPDP/2017 y 25045997- MGEYA-DGARHS/2018, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico interpuesto por la señora Tamara Del Valle Bulacio (DNI N° 34.471.210), contra la Resolución N° 32- MJYSGC/18 que dispuso su retiro obligatorio de la Policía de la Ciudad, conforme las previsiones del artículo 219, inciso 7), en función del artículo 227, inciso 5), de la Ley N° 5.688; Que el retiro obligatorio de la señora Tamara Del Valle Bulacio se fundó en el dictamen de la Junta Médica Institucional que concluyó que resultaba no apta definitivo para tareas operativas; Que la recurrente cuestiona que tenga una incapacidad física y considera que su enfermedad no resulta invalidante para ejercer la función policial, solicita diversas pruebas que permitan establecer tales extremos y requiere su retorno al servicio efectivo; Que toda vez que las cuestiones médico-técnicas han sido consideradas por la Junta Médica de la Institución -única entidad competente a tal fin- revistiendo su informe carácter técnico, no corresponde apartarse de lo dictaminado, por cuanto resulta suficientemente serio, preciso y razonable, no adoleciendo de arbitrariedad aparente; Que teniendo en consideración que el recurrente no ha aportado nuevos elementos que permitan modificar la decisión adoptada, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención de su competencia, mediante la emisión del Dictamen jurídico N° IF-2019-17779064- GCABA-PGAAIYEP. Que por Decreto N° 391/18, se encomendó con carácter "ad honorem", al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo. Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por la señora Tamara Del Valle Bulacio (DNI N° 34.471.210) contra la Resolución N° 32-MJYSGC/18. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponerse recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6017) y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel