Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9189

Decreto-ley 9189/1978 - AUTORIZA A INTENDENTES MUNICIPALES A DISTRIBUIR ENTRE LAS ENTIDADES DE BIEN PUBLICO LOS FONDOS ORIGINADOS DE LAS COMISIONES COORDINADORA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CEREALES, PAPAS, ESTABLECIDAS POR LEY 8208.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/11/1978
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Decreto-ley 9189/1978 DECRETO-LEY 9189/78 LA PLATA, 31 de OCTUBRE de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 2417-5448/76 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 3.1 de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas ­por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase a los Intendentes Municipales a distribuir entre las entidades de bien público, ubicadas en sus respectivas jurisdicciones, los fondos originados en el funcionamiento de las ­Comisiones Coordinadoras del Transporte Automotor de cereales, oleaginosos, forrajeras y papas, establecidas por la Ley 8208. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.