Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 468
PROCEDE - DESOCUPACIÓN ADMINISTRATIVA - CASA HABITACIÓN - INSTITUTO DE EDUCACIÓN FÍSICA 1 - DISTRITO ESCOLAR 10 - DR. ENRIQUE ROMERO BREST - PATRICIA MÓNICAFEDELE
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 471 y 1.218 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos 4345/63, 1315/91, y 387/23 y sus modificatorios, la Resolución 2979/SSGRH/24, el Expediente EX-2025- 24892692-GCABA-DGSE, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la desocupación administrativa de la casa habitación perteneciente al Instituto de Educación Física 1 Distrito Escolar 10 "Dr. Enrique Romero Brest", sito en el inmueble de dominio público de la Ciudad, sito en la Avda. Miguel B. Sánchez 1338, identificado catastralmente como: Circunscripción 16
Sección 27 Manzana 145, Parcela Fracción T, inscripto en el Registro de la Propiedad
Inmueble en la matrícula FR 16-47521 de esta Ciudad, ocupado por Patricia Mónica Fedele (DNI 12.966.707), su grupo familiar, ocupantes y sub-ocupantes; Que la nombrada se desempeñaba como auxiliar de portería en la citada escuela y en función de su empleo y del ejercicio efectivo de su relación laboral, era beneficiaria de un comodato de uso precario, el cual se rige por el Reglamento de Trabajo para Auxiliares de Portería y Caseros de los establecimientos educacionales dependientes de la entonces Municipalidad de Buenos Aires, que fuera aprobado como Anexo I del Decreto 1315/91; Que por otra parte, a través del Memorándum 534.203-DGPDYND/08, el Ministerio de Educación asignó el inmueble a Patricia Mónica Fedele, (DNI 12.966.707), quien se comprometió a habitarlo conjuntamente con su núcleo familiar; Que mediante Resolución 2979/SSGRH/24, se dispuso el cese, a partir del 30 de noviembre de 2024, de la referida agente, por haber obtenido su beneficio jubilatorio conforme los términos artículo 74, inciso c), de la Ley 471 (texto consolidado por Ley 6.764); Que el artículo 7 del Decreto 4345/63 establece que "Los permisos otorgados caducarán automáticamente en los casos de traslado de repartición, jubilación, separación del cargo, de fallecimiento del permisionario, debiendo operarse la desocupación de la vivienda dentro del término improrrogable de treinta (30) días de producidas cualquiera de aquellas eventualidades, vencido el cual procederá el lanzamiento por administración, con cargo a los responsables, y sin derecho a reclamo ni indemnización de ninguna naturaleza"; Que asimismo, "... el punto 22 del Reglamento de Trabajo de los Auxiliares de Portería y Caseros de los Establecimientos Educacionales de la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por el Decreto 1315/MCBA/91, establece que dicho comodato, se atribuye en función de su empleo y del ejercicio efectivo de su relación laboral, por lo que sólo caducará en caso de solicitar el comodatario el traslado de repartición, por jubilación de éste, separación del cargo decidida en forma legal, fallecimiento, o instancias del acto punitivo que por sumario administrativo pudiera dictarse"; Que, el 19/09/2025, se intimó a Patricia Mónica Fedele (DNI 12.966.707), ocupantes y y habiéndose cumplido dicho plazo, continuaron ocupándolo irregularmente; Que el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires consagra el principio de ejecutoriedad de los actos administrativos, y habilita a la Administración a utilizar la fuerza sin intervención judicial previa, cuando deba protegerse el dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el inmueble ocupado pertenece al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido en el artículo 235 inciso f) del Código Civil y Comercial de la Nación; Que el caso encuadra, desde el punto de vista jurídico, en una típica ocupación ilegítima del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, motivo por el cual resulta procedente la recuperación del inmueble mediante la vía de la desocupación administrativa, a fin de preservar el patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia de conformidad con lo establecido por la Ley 1.218; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las competencias que le son propias, conforme el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Proceder a la desocupación administrativa de la casa habitación del Instituto de Educación Física 1, Distrito Escolar 10 "Dr. Enrique Romero Brest", ubicada en la Avda. Miguel B. Sánchez 1338, identificada catastralmente como: Circunscripción 16 Sección 27 Manzana 145, Parcela Fracción T, matrícula FR 16- 47521, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ocupada por Patricia Mónica Fedele (DNI 12.966.707), su grupo familiar, ocupantes y sub-ocupantes, de las instalaciones y los bienes que se encuentren en el inmueble perteneciente al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- Disponer que en ocasión de la desocupación dispuesta por el artículo 1° del presente, se labrará la correspondiente Acta Notarial por parte de un escribano de la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, en la que se dejará constancia de la restitución de la posesión del inmueble y del inventario de los bienes muebles que existieren, de su estado de conservación y del lugar al cual eventualmente fueren trasladados. Artículo 3°.- Disponer la intervención de la Dirección General Servicios a las Escuelas de la Subsecretaría Gestión Administrativa del Ministerio de Educación, de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias y de Logística, ambas dependientes de la Subsecretaría de Emergencias de la Secretaría de Seguridad y de la Subjefatura de la Policía de la Ciudad, todas dependientes del Ministerio de Seguridad, de la Dirección General de Sistema de Atención Médica de Emergencia (S.A.M.E) dependiente de la Subsecretaría Atención Hospitalaria, y del Instituto de Zoonosis "Dr. Luis Pasteur", ambos del Ministerio de Salud, a fin de que procedan a hacer efectiva la desocupación dispuesta por el Artículo 1° del presente Decreto. Artículo 4°.- Establecer que la Dirección General Infraestructura Escolar dependiente de la Subsecretaría Gestión Administrativa del Ministerio de Educación, procederá a tomar posesión del inmueble en forma inmediata y ejecutará las obras necesarias para su reacondicionamiento. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a las Direcciones Generales Guardia de Auxilio y Emergencias y de Logística dependientes de la Subsecretaría de Emergencias de la Secretaría de Seguridad y a la Subjefatura de la Policía de la Ciudad, todas dependientes del Ministerio de Seguridad; a la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (S.A.M.E) dependiente de la Subsecretaría Atención Hospitalaria y al Instituto de Zoonosis "Dr. Luis Pasteur", ambas dependientes del Ministerio de Salud, a la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a los Ministerios de Desarrollo Humano y Hábitat y Espacio Público e Higiene Urbana, y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Educación, el que deberá notificar a Patricia Mónica Fedele (DNI 12.966.707), y los ocupantes y sub-ocupantes, en los términos de los Artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por la Ley 6.764), haciéndoles saber que contra el presente y dentro del plazo de diez (10) días hábiles administrativos, podrán interponer recurso de reconsideración en los términos del Artículo 123 de la mencionada Ley. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle COMPLEMENTA RESOLUCIÓN 2979 2024 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS <p>Artículo 1 del Decreto 468/25 procede a la desocupación administrativa de la casa habitación del Instituto de Educación Física 1, Distrito Escolar 10 Dr. Enrique Romero Brest, ocupada por Patricia Mónica Fedele, cesada por Resolución 2979-SSGRH/24.</p>