Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 48
Boletn Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
VISTO: Las Leyes Nros. 70 y 470 (textos consolidados por Ley N 6.347), los Decretos Nros.1000/99, 146/21, 463/19 y sus modificatorios, y el Expediente Electrnico N 39776673-GCABA-CBAS/21, y CONSIDERANDO: Que, por Ley N 70 se aprob el Sistema de Gestin, Administracin Financiera y Control del Sector Pblico de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, establecindose la organizacin y funcionamiento de sus rganos; Que, por el artculo 73 de la citada Ley se estableci que los directorios o mxima autoridad responsable de las empresas y sociedades con participacin mayoritaria del Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestin y lo remite a la Oficina de Presupuesto; Que, asimismo los artculos 75 y 76 disponen que la Oficina de Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades, prepara un informe y posteriormente los mismos son sometidos a la aprobacin del Poder Ejecutivo de acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la reglamentacin; Que, corresponde al Poder Ejecutivo aprobar los presupuestos de las empresas y sociedades con participacin mayoritaria del Estado; Que, el artculo 39 del Decreto N 1000/99, establece que para la aprobacin de los presupuestos, dentro del plazo sealado en la Ley, la Oficina de Gestin Pblica y Presupuesto debe preparar el informe de los proyectos recibidos, as como las estimaciones presupuestarias de oficio; Que, en ese sentido, mediante el Decreto N 146/21 se aprob el cronograma para la formulacin de los presupuestos de las empresas pblicas, sociedades del Estado y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participacin mayoritaria en el capital o en la formacin de las decisiones societarias para el ejercicio 2022, de conformidad con el Anexo II integrante del citado Decreto; Que, en concordancia con lo expresado previamente, por el Expediente Electrnico mencionado en el Visto tramita la aprobacin del Presupuesto para el ejercicio 2022 formulado por la Corporacin Buenos Aires Sur S.E, sociedad del estado creada por Ley N 470, y organismo fuera de nivel en la rbita del Ministerio de Desarrollo Econmico y Produccin, conforme lo establecido por Decreto N 463/19 y sus modificatorios; Que, la Direccin General de la Oficina de Gestin Pblica y Presupuesto dependiente de la Subsecretaria de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elabor el informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artculo 75 de la Ley N 70, aconsejando la aprobacin del presupuesto 2022 de la Corporacin Buenos Aires Sur S.E.. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artculos 102 y 104 de la Constitucin de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artculo 1.- Aprubase el Presupuesto para el ejercicio 2022 de la Sociedad del Estado Corporacin Buenos Aires Sur S.E, Organismo Fuera de Nivel bajo la rbita del Ministerio de Desarrollo Econmico y Produccin, de acuerdo al detalle que figura en el Anexo I (IF-2022-04016289-GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma
parte integrante del presente decreto.
Artculo 2.- Estmase en la suma de pesos NOVECIENTOS CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 940.950.299), los ingresos corrientes y fijase en la suma de pesos NOVECIENTOS CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 940.950.299), los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en la planilla del Anexo I (IF-2022-04016289-GCABA-DGOGPP). Artculo 3.- Estmase en la suma de pesos CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 151.937.540) los recursos de capital y fijase en pesos CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 151.937.540), los gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla del Anexo I (IF- 2022-04016289-GCABA-DGOGPP). Artculo 4.- El presente Decreto es refrendado por los seores Ministros de Desarrollo Econmico y Produccin, de Hacienda y Finanzas y por el seor Jefe de Gabinete de Ministros. Artculo 5.- Publquese en el Boletn Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunquese a la Direccin General de la Oficina de Gestin Pblica y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y dems efectos, remtase al Ministerio de Desarrollo Econmico y Produccin. Cumplido, archvese. RODRGUEZ LARRETA - Giusti - Mura - Miguel