Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 162

PROMUEVE - INVESTIGADOR PRINCIPAL - MARCELO HORACIO LOSSO - INVESTIGADOR INDEPENDIENTE - CARRERA DE INVESTIGADOR DE LA CARRERA DE PROFESIONALES DE SALUD

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/05/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.035 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 2.804/03 y su modificatorio 353/15, 167/19, el Expediente Electrónico N° 31820494- GCABA-DGDIYDP/22, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 353/15, se modificaron los Reglamentos del Consejo de Investigación en Salud y de la Carrera de Investigador y del Ingreso a la Carrera de Investigador de la Carrera de Profesionales de Salud, aprobados por Decreto N° 2.804/03; Que en el punto II, apartados "1 y 2" del Anexo II del Decreto N° 353/15 se establece que los profesionales del área de investigación tendrán los mismos grados que fija la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41.455, a los que se agregará el calificativo "Investigador", reconociendo las siguientes categorías académicas: a) Investigador Asistente, b) Investigador Asociado, c) Investigador Independiente, d) Investigador Principal y e) Investigador Superior; Que posteriormente se sancionó la Ley N° 6.035, que regula las relaciones de empleo público de los profesionales de la salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abrogando la referida Ordenanza N° 41.455; Que mediante el Decreto N° 167/19, se promovió como Investigador Independiente dentro de la Carrera de Investigador de la Carrera de Profesionales de Salud al Dr. Marcelo Horacio Losso, DNI N° 16.492.561, CUIT N° 20-16492561-8, Partida 4022.3200.MS16.024, Función Médico de Planta Consultor Principal 2 (Clínica Médica); Que el mencionado profesional solicitó su pase de categoría a la de Investigador Principal; Que el punto II, apartados "6 y 11" del Anexo II del Decreto N° 353/15, dispone que para acceder a la categoría de Investigador Principal, se requiere tener como mínimo once (11) años de antigüedad en tareas de investigación en el país o en el extranjero con actividad continua en los últimos cinco (5) años, poseer amplia labor científica original y de jerarquía reconocida y tener capacidad para la formación de discípulos y dirección de grupos de investigación, y haber permanecido cuatro (4) años en categoría Investigador Independiente, sin informes desaprobados, para poder postularse ante el Consejo de Investigación en Salud para optar a la de Investigador Principal; Que el Consejo de Investigación en Salud ha evaluado la solicitud de pase de categoría y considera que el solicitante cumple con todos los requisitos para acceder a la misma, según consta en las Actas N° 14-2022 del 13 de julio de 2022 y N° 21-2022 del 12 de octubre de 2022; Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Promover como "Investigador Principal" al Dr. Marcelo Horacio Losso, DNI N° 16.492.561, CUIL N° 20-16492561-8, Partida 4022.3200.MS16.024, Función Médico de Planta Consultor Principal 2 (Clínica Médica), en el modo y condiciones que se indican en el Decreto N° 2.804/03 y su modificatorio N ° 353/15 y conforme lo prescripto por la Ley N° 6.035. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Mura - Miguel