Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9593

Decreto-ley 9593/1980 - SUSTITUYE ART.46 DE LA LEY 6021, GENERAL DE OBRAS PUBLICAS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 29/09/1980
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9593/1980 DECRETO-LEY 9593/80 LA PLATA, 8 de SEPTIEMBRE de 1980. VISTO lo actuado en el expediente número 5500-290/80 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 46 de la Ley 6.021, por el siguiente: ''Artículo 46.- Los intereses a que hubiere lugar por mora serán abonados en el momento de procederse al pago del certificado. La tasa de interés será la que tenga fijada el Banco de la Provincia de Buenos Aires para el descuento de los certificados de obras públicas a la fecha de emisión del certificado correspondiente". ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.