Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 363

RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO POR OSCAR GONZALO DOMÍNGUEZ - CONTRA  RESOLUCIÓN 140-MJYSGC- 22 - RETIRO OBLIGATORIO - POLICIA DE LA CIUDAD

Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/09/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley 5.688 (textos consolidados por la Ley 6.764), las Resoluciones 140/MJYSGC/22 y 70/MSEGC/25, el Expediente EX-2022-11015434-GCABA-DSG, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración, interpuesto por Oscar Gonzalo Domínguez (DNI 30.303.115) contra la Resolución 140/MJYSGC/22; Que dicha resolución dispuso su retiro obligatorio de la Policía de la Ciudad en virtud de haber resultado incapacitado por un hecho calificado como "en servicio", conforme las previsiones del artículo 224, inciso 6°, de la Ley 5.688 (actual artículo 230, inciso 6°, de dicha ley en su texto consolidado por la Ley 6.764); Que la mencionada ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo relativo a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública; Que el artículo 230, inciso 6°, de la citada ley prescribe que el retiro obligatorio corresponde "por incapacidad o inutilización por enfermedad contraída o agravada o por accidente producido en servicio."; Que el agente fue notificado de la resolución recurrida mediante acta e interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos; Que, en su presentación, el recurrente se agravia de lo resuelto y solicita su saneamiento a fin de que se disponga su pase a retiro obligatorio por incapacidad adquirida "en y por acto de servicio"; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2025- 02181920-GCABA-DGDIC; Que en dicho dictamen sostuvo que solo correspondía remitir nuevamente las actuaciones a ese órgano jurídico asesor para su examen, si se producía alguna presentación tendiente a mejorar o ampliar los fundamentos brindados; Que por la Resolución 70/MSEGC/25 el Ministro de Seguridad desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el recurrente; Que dicho acto se notificó al interesado y, conforme a lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la Jefatura de Gobierno; Que, conforme a dicho marco normativo, se notificó oportunamente al recurrente la posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de cinco (5) días; Que, cumplido el plazo legal citado, y no habiéndose realizado presentación alguna tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos considerados para el dictado de la Resolución 70/MSEGC/25; Que, por lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde rechazar el recurso jerárquico en cuestión. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 113 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración, interpuesto por Oscar Gonzalo Domínguez (DNI 30.303.115) contra la Resolución 140/MJYSGC/22. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al interesado, con copia del Dictamen Jurídico IF-2025-02181920-GCABA-DGDIC, dejando constancia de que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer el recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado según Ley 6.764), y para su conocimiento y demás efectos remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez Zinny