Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9169

Decreto-ley 9169/1978 - IMPUESTO DE SELLOS. PAGO: REGIMEN ESPECIAL EN LOS CONTRATOS DE RIESGO CELEBRADOS DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NACIONAL 2178 (EXPLOTACION Y EXPLORACION DE HIDROCARBUROS).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/10/1978
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9169/1978 DECRETO-LEY 9169/78 LA PLATA, 4 de OCTUBRE de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-595/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 2.5. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades ­legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE L E Y ARTÍCULO 1.- En los contratos de riesgo celebrados de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nacional 21778, el Impuesto ­de Sellos se liquidará tomando como base imponible el compromiso de inversión asumido por la empresa contratista en el respectivo contrato. El plazo dentro del cual deberá habilitarse el sellado de Ley, comenzará a correr a partir de la fecha de notificación a la empresa contratista del Decreto aprobatorio del contrato, sea mediante su publicación en el Boletín Oficial u otro medio fehaciente. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.