Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5514

Ley 5514/1949 - OTORGA UN SUBSIDIO A LA SOCIEDAD DE AUXILIOS SANITARIOS “SALUD”, DE LANúS OESTE, PARTIDO DE CUATRO DE JUNIO, EN APOYO DE LA OBRA DE ASISTENCIA SOCIAL QUE REALIZA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/10/1949
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5514 LEY 5514 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar un subsidio de cien mil pesos moneda nacional ($ 100.000 m/n) a la Sociedad de Auxilios Sanitarios “Salud”, de Lanús Oeste, partido de Cuatro de Junio, por una sola vez, en apoyo de la obra de asistencia social que realiza. ARTÍCULO 2.- Los fondos necesarios para atender el gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, que se declara de urgencia, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la presente. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.