Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5426
Ley 5426/1948 - AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A PROCEDER A LA EXPROPIACIóN DE UNA FRACCIóN DE TIERRA UBICADA EN EL PARTIDO DE QUILMES, A EFECTOS DE SER UTILIZADA POR DEPENDENCIAS DEL CUARTEL DE LA DIVISIóN CAMINEROS DE ESTA PROVINCIA.
Ley 5426 LEY 5426 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la expropiación de una fracción de tierra ubicada en el partido de Quilmes, con una superficie de diez mil novecientos noventa y siete metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados (10.997,70 m 2 ), formada por los lotes 1, 2, 3, 13, 14, y 15 de la manzana LL, que por su naturaleza se encuentra dentro de las previsiones del artículo 11 inciso c) de la Ley 5141, a efectos de ser utilizada por dependencias del Cuartel de la División Camineros de esta Provincia. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, que se declara de urgencia, se atenderá con cargo a Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.