Nación · Ley N° 1071
Ley 1071 - DECLARASE EN VIGENCIA PARA EL EJERCICIO AÑO ECONOMICO 1881 EL PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS DE LA ADMINISTRACION QUE RIGE EN EL PRESENTE AÑO, CON MODIFICACIONES.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO DE 1881 DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE LA NACION Buenos Aires, Octubre 30 de 1880. POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de -- LEY Artículo 1° Declárase en vigencia para el ejercicio del año económico de 1881 el Presupuesto General de sueldos y gastos de la Administración que rije en el presente año, con las modificaciones contenidas en las planillas respectivas, aumentado hasta la suma de diez y nueve millones ochocientos treinta y seis mil quinientos un pesos con sesenta y nueve centavos fuertes ($f. 19.836,501.69) distribuidos en la forma siguiente: A. Departamento del Interior .............................. $f. 3.262,413 12 B. Departamento de Relaciones Exteriores ........ " 139.920 C. Departamento de Hacienda ........................... " 9.576,646 57 D. Departamento de Justicia, Culto é Instrucción Pública ............................................................ " 1.375,072 E. Departamento de Guerra ............................... " 4.643,572 F. Departamento de Marina ................................ " 838,878 ________________ $f. 19,836,501 69 ________________ Art. 2° El Presupuesto General de gastos será cubierto con las rentas y recursos siguientes: Importación ......................................................... $f. 13.500,000 Exportación ......................................................... " 3.000,000 Almacenaje y eslingaje ....................................... " 350,000 Papel sellado y patentes .................................... " 650,000 Correos y Telégrafos .......................................... " 452,000 Faros y avalices .................................................. " 38,000 Ferro-carriles del Estado .................................... " 700,000 Intereses de Fondos Públicos prestados á varias Provincias ............................................................ " 48,777 Intereses sobre acciones del Ferro-carril Central Argentino ............................................................ " 116,000 Visitas de Sanidad .............................................. " 14,000 Corte de maderas ............................................... " 30,000 Eventuales y diferencias ..................................... " 1.000,000 _______________ $f. 19.898,777 _______________ Art. 3° Las mercaderias y productos sujetos según ley de Aduana para 1881, al pago de derechos de importación y exportación, pagarán además un derecho adicional de uno por ciento, de acuerdo con las leyes vigentes. Art. 4° Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires á diez y ocho de Obtubre de mil ochocientos ochenta. FRANCISCO B. MADERO. VICENTE P. PERALTA Cárlos M. Saravia, J. Alejo Ledesma, Secretario del Senado. Secretario de la C, de DD. POR TANTO: Téngase por ley de la Nación Argentina, comuníquese á quienes corresponda, publíquese é insértese en el Registro Nacional. JULIO A. ROCA. SANTIAGO S. CORTINEZ. ___________