Nación · Ley N° 23368

Ley 23368 - DEROGASE EL ARTICULO 8 DE LA LEY N° 12.346 Y LA DEROGACION DE LA LEY 17.786.

Estado no verificadoSanción: 03/09/1986Publicación B.O.: 05/12/1986Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LEY Nº 23.368 Deróganse, el artículo 8º de la Ley Nº 12.346 y su modificación aprobada por Decreto Nº 5.485/43 ratificado por la Ley Nº 13.895 y la Ley Nº 17.786. Sancionada: Setiembre 3 de 1986 Promulgada: Setiembre 22 de 1986 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina Reunidos en Congreso, etc., Sancionan con Fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Derógase el artículo 3º de la Ley Nº 12.346 y su modificación aprobada por Decreto Nº 5.465/43 ratificado por Ley Nº 13.895. ARTICULO 2º — Derógase la Ley número 17.786. ARTICULO 3º — Los depósitos en garantía ya efectuados, se reintegrarán a los interesados a valores nominales efectuándose a la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a determinar los casos en que corresponden dichos reintegros y a fijar las condiciones en que éstos habrán de realizarse. ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aireas, a los tres días del mes de setiembre de mil novecientos ochenta y seis. J. C. PUGLIESE EDISON OTERO. Carlos A. Bravo. Antonio J. Macris. — Registrada bajo el Nº 23.368 —