Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 164
SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SE CREA - SUBSECRETARÍA PARA PERSONAS MAYORES - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN Y VINCULACIÓN PARA PERSONAS MAYORES - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN SOCIAL Y BIENESTAR - SE SUPRIME - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO SALUDABLE - DIRECCIÓN GENERAL CIUDAD AMIGABLE PARA PERSONAS MAYORES - DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS ASISTENCIALES PARA PERSONAS MAYORES - MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ley 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 684/09 y sus modificatorios, 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 16649103-GCABA-MSGC/22, y CONSIDERANDO: Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales; Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Salud; Que por el Decreto N° 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por Decreto 346/21 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud; Que resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa del Ministerio de Salud a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo; Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de mayo de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los