Nación · Ley N° 23517
Ley 23517 - AUTORIZASE A VARIOS CIUDADANOS A ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES.
InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina CONDECORACIONES LEY N° 23.517 Autorízase a diversos ciudadanos a aceptar y usar condecoraciones. Sancionada: Junio 3 de 1987. Promulgada: Junio 16 de 1987. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° — Autorízase a los ciudadanos argentinos que se citan a continuación a aceptar y usar las condecoraciones que en cada caso se mencionan: A Julio A. Amoedo la condecoración "Orden del Libertador en el Grado de Gran Cordón" que le otorgara el Presidente de la República de Venezuela. A Adolfo Gas, la condecoración del "Orden al Mérito de la República Italiana con el grado de Grande Ufficiale", que le otorgara el Presidente de la República Italiana. A Máximo Eduardo Rivero Kelly, la condecoración "Orden del Mérito Naval en el Grado de Comendador" que le otorgase el gobierno de la República Federativa del Brasil. A Guillermo Ramón Delamer la condecoración "Medalla Militar Francisco José de Caldas en la categoría al Mérito", que le otorgara el Gobierno de la República de Colombia. A Alfredo Augusto Yung, la condecoración "Caballero Comendador de la orden de San Gregorio Magno — Clase Civil" que le otorgara el gobierno de la Santa Sede. A Rogelio José Martínez Pizarro, las condecoraciones "Orden del Mérito Militar en el grado de Caballero" y "Medalla Honorífica de la Armada Nacional" que le otorgara la República del Paraguay. A Omar José Tirelli, la "Condecoración del Aguila Azteca en el grado de Insignia", que le otorgara el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos. A Eduardo Daniel Bianco la "Condecoración del Aguila azteca en el grado de Insignia" que le otorgara el gobierno de los Estado Unidos Mexicanos. A José Severo Caballero, la condecoración "Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil", que le otorgara el Rey de España, Juan Carlos I. ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los tres días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y siete. J. C. PUGLIESE EDISON OTERO Carlos A. Bravo Antonio J. Macris -Registrada bajo el Nº 23.517-