Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9511

Decreto-ley 9511/1980 - EXPROPIACION Y POSTERIOR DONACION DE TIERRA FISCAL UBICADA EN EL PARTIDO DE CORONEL SUAREZ CON DESTINO A LA MUNICIPALIDAD DE DICHO PARTIDO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/03/1980
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9511/1980 DECRETO-LEY 9511/80 LA PLATA, 18 de MARZO de 1980. VISTO lo actuado en el expediente número 2207-93/79 y la auto­rización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades ­legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Fíjase como nuevo destino, con el carácter de utilidad pública como causa expropiatoria, para la fracción de tierra ubicada en el Partido de Coronel Suárez, identificada catas­tralmente de acuerdo al plano de característica 24-55-60 como Circunscripción XV, Sección B, Manzana 117tt, Parcela 1, con una superficie de MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TRECE DECÍMETROS CUADRADOS (1.239,13 m 2 ), el de funcionamiento de una Guardería Infantil. ARTÍCULO 2.- Dónase a la Municipalidad de Coronel Suárez, el inmueble aludido en el artículo anterior, con el destino allí asignado. ARTÍCULO 3.- En caso que la donataria no diera al inmueble el destino impuesto en el artículo 1º, se operará la revocación de la donación y reversión del dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTÍCULO 4.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno, la pertinente escritura de protocolización de las actuaciones administrativas, con la sola comparecencia del representante legal de la donataria. ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.