Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 7565
Decreto-ley 7565/1956 - (DEC-LEY 7565/956)VIGENCIA DE LA CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE 1934.
DECRETO-LEY 7.565 RAt SPST La Plata, 16 de mayo de 1956. Visto la Proclama del Gobierno Provisional de la Nación, por la cual, en su articulo 3° se declaran vigentes las constituciones provin= ciales anteriores al régimen depuesto, sin perjuicio de los actos y procedimientos que hubieren quedado definitivamente concluidos con anterioridad al 16 de setiembre de 1955, y — Considerando: Que ante tal determinación genérica del Gobierno de la Revolu- ción Libertadora, corresponde a esta Intervención Nacional. en con- cordancia con el ordenamiento federal, producir la exteriorización formal de tan trascendental medida en el ámbito de su competencia y con la especificación que su jurisdicción impone. . Que por ello, corresponde proclamar la vigencia de la Constitu- ción de la provincia de Buenos Aires, sancionada el 23 de noviembre de 1934, sin perjuicio de los actos o procedimientos que hubiesen que- dado definitivamente concluidos con anterioridad al 16 de setiembre de 1955, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires; en, * ejercicio del Poder Legislativo. . DECRETA, CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Proclámase la vigencia de la Constitución de la provincia de Buenos Aires sancionada el 23 de noviembre de 1934, con los al- cances y reservas especificados en la Proclama de fecha 27 de abril de 1956, del Gobierno Provisional de la Nación. Art. 2% El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. o : — 212 — Ñ . . YA a e . "Art. 32 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín. : Oficial” y archívese. : o : . : . BONNECARRERE. . . . M. A. ARANDA, E. G. AGUILERA, . - RODOLFO A. EYHERABIDE,. E. CORTÉS, Ñ _ 1 C. ZUBERBÚMHLER.