Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14285
Ley 14285/2011 - INCORPóRASE AL CALENDARIO DE VACUNACIóN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA VACUNA CONTRA LA VARICELA, SIENDO éSTA DE CARáCTER OBLIGATORIO.
Ley 14285 LEY 14285 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al calendario de vacunación oficial de la Provincia de Buenos Aires la vacuna contra la varicela, siendo ésta de carácter obligatorio. ARTÍCULO 2º.- La aplicación de la vacuna será gratuita en los centros de salud habilitados para tal fin. ARTÍCULO 3º.- El Poder Ejecutivo dispondrá la partida presupuestaria correspondiente para atender los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los ocho días del mes de junio del año dos mil once.