Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9312

Decreto-ley 9312/1979 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA, PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDóN, EL QUE SERá DESTINADO A LA INSTALACIóN Y FUNCIONAMIENTO ­DEL MUSEO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/05/1979
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9312/1979 DECRETO-LEY 9312/79 LA PLATA, 30 de ABRIL de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 4049-1339/78 y la auto­rización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, a­partado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo el inmueble ubicado en la Avenida Colón número 1153/99, esquina Alvear, de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, identi­ficado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C - Manzana 190 - Parcela 9, y según Título, como Manzana 128, Lote 6, cuyo dominio consta por inscripción número 1303/55 del Registro del Partido mencionado, propiedad de Olazábal y Cía., o de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio. ARTÍCULO 2.- El bien inmueble que se expropia por el artículo anterior, será destinado a la instalación y funcionamiento ­del Museo de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido por la Municipalidad de General Pueyrredón, con cargo a la respectiva imputación de su presupuesto de gastos vigente. ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.