Nación · Ley N° 21742
Ley 21742 - DEROGACION DE REGIMEN DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS.
Reformas y relaciones normativas
3- Ley 21062 - DEROGADA POR LEY 21742-PENSIONES GRACIABLES A RESIDENTES EN TIERRA DEL FUEGO,ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
- Decreto/ley 28803 - DECLARA EN PLENO GOCE DE DERECHOS POLITICOS A CIUDADANOS QUE PELEARON EN LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL-DEROGADA POR LEY 21742 (B.O. 8-2-78)
- Decreto/ley 17923 - REGIMEN APLICABLE A LA PRORROGA O CONCESION DE PENSIONES GRACIABLES.
SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 21.742 DEROGACION DE REGIMEN DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS. BUENOS AIRES, 2 de febrero de 1978 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1. - Deróganse los regímenes de pensiones no contributivas instituidos por la ley 21.062, el artículo 7 del decreto-ley 17 923/44 y el decreto-ley 28.803/45. Esta derogación no alcanza a las personas que a la fecha de vigencia de la presente ley estén gozando de los beneficios reconocidos por las mencionadas disposiciones legales. ARTICULO 2. - La presente ley rige a partir del día siguiente al de su promulgación. ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA - Bardi