Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11947

Ley 11947/1997 - INSTITúYENSE LAS “JORNADAS BONAERENSES DE DEFENSA Y AFIRMACIóN DEL BANCO DE LA PROVINCIA” LAS QUE TENDRáN POR OBJETO PRESERVAR Y AFIANZAR LA IDENTIDAD ENTRE LA COMUNIDAD Y SU BANCO OFICIAL Y DAR A CONOCER LA NATURALEZA Y ACTIVIDAD QUE DESARROLLA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/05/1997
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11947 LEY 11947 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Institúyense las “Jornadas Bonaerenses de Defensa y Afirmación del Banco de la Provincia ”, a desarrollarse durante el mes de mayo, las que tendrán por objeto preservar y afianzar la identidad entre la comunidad y su Banco Oficial y dar a conocer la naturaleza y actividad que desarrolla. ARTICULO 2.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la organización y desarrollo de las Jornadas así como la reglamentación de todas las actividades que coadyuven a patentizar el respaldo de la comunidad hacia su Banco. ARTICULO 3.- Invítase a adherir y participar en las Jornadas a todo el pueblo, entidades y sectores de la comunidad bonaerense. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.