Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15464

Ley 15464/2023 - INSTITUYE EL 15 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO COMO “DÍA PROVINCIAL DE LA ADOPCIÓN”.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/12/2023
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Ley 15464 LEY 15464 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Institúyese, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, el 15 de septiembre de cada año como “Día Provincial de la Adopción”. ARTÍCULO 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incorporar el “Día Provincial de la Adopción” al calendario oficial y realizar actividades y campañas de difusión, información y concientización sobre la temática con especial énfasis en la adopción de niños, niñas y adolescentes, menores con discapacidad o grupos de hermanos. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.