Nación · Ley N° 25558
Ley 25558 - PRORROGASE LA VIGENCIA DE LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS (T.O. 1997) Y SUS MODIFICACIONES.
IMPUESTOS IMPUESTOS Ley 25.558 Prorrógase la vigencia de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997) y sus modificaciones. Sancionada: Enero 4 de 2002. Promulgada: Enero 6 de 2002. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Prórrogase hasta el 31 de diciembre de 2005 la vigencia de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. ARTICULO 2° — Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2002, inclusive. ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOS. —REGISTRADA BAJO EL N° 25.558— EDUARDO O. CAMAÑO. — JUAN C. MAQUEDA. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún.