Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15474
Ley 15474/2023 - MODIFICA EL ARTÍCULO 4º DE LA LEY 11722 (REF.: PLAN DE ORDENAMIENTO FORESTAL - FORESTACIÓN).
Reformas y relaciones normativas
2Ley 15474 LEY 15474 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 4º de la Ley 11.722, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 4°: El Organismo de Aplicación formulará, mediante los estudios y la información recabada, un Plan de Ordenamiento Forestal que establezca las especies de árboles preferentemente nativos a implantar por zona y los cronogramas de forestación y de cortes, mantenimiento de la plantación hasta el tercer año y manejo del monte.” ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.