Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6741

INSTITUYE - 4 DE OCTUBRE DE CADA AÑO - DÍA DEL VOLUNTARIADO HOSPITALARIO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/09/2024Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se instituye en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 4 de octubre de cada año como el "Día del Voluntariado Hospitalario". Art 2°.- Se faculta al Poder Ejecutivo a desarrollar actividades para reconocer, fomentar y motivar el voluntariado en instituciones de salud pública y privada. Art 3°.- Esta Ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Art 4°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Buenos Aires, 19 de septiembre de 2024 Por medio de la presente, certifico que la Ley 6741, en trámite por expediente electrónico N° 32252007-GCABA-DGCCN-2024, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 22 de agosto de 2024, ha quedado automáticamente promulgada el 11 de septiembre de 2024 en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio de Cultura y al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Kamian