Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 892

Decreto-ley 892/1955 - (DEC-LEY 892/55) (DEROGADA POR LEY 10869) REFORMA ART.3 DE LA LEY 4373, LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 18/11/1955
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

DECRETO - LEY N* 892 : La Plata, 31 de octubre de 1955. Vista la Ley número 4.373, y — Considerando: Que la disposición contenida en el artículo 3° de la Ley 4,373, constituye una excepción a las normas generales vigentes, que ca- rece de fundamento admisible desde que no permite el concurso de determinadas personas en condiciones para el desempeño del cargo de miembro del Tribunal de Cuentas de la Provincia. . Por ello, el Interventor Nacional en la provincia de Buenos Ai- res, en Acuerdo General de Ministros — ° DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Reférmase el artículo 39 de la Ley 4.373, que quedará re-' . dactado en la siguiente forma: “Art. 39 No podrán ser miembros del Tribunal de Cuentas, los concursados civilmente que se encuentren en estado de quiebra o los que estén inhibidos por deuda judicialmente exigible”. Art. 22 Oportunamente dése cuenta a la Honorable Legislatura. Art. 3° Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial“ y archívese, OSSORIO ARANA, J. M. Mater, H. IMSEN (H.), E, G. AGUILERA, RODOLFO A. EYHERABIDE, JUAN CANTER, I, C. ZUBERBÚHLER,