Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5961
Ley 5961/1958 - MODIFICANDO LA LEY Nº 5548, SOBRE PRESTAMOS A LAS MUNICIPALIDADES.
Reformas y relaciones normativas
3- Ley 5548/1949 - (DEROGADA POR LEY 9008) PRESTAMOS A LAS MUNICIPALIDADES PARA LA REALIZACION DE OBRAS PUBLICAS.
- Decreto-ley 9008/1978 - CREACION DEL FONDO PERMANENTE DE AYUDA FINANCIERA A LA MUNICIPALIDADES (FOPAFIM).
- Ley 5548/1949 - (DEROGADA POR LEY 9008) PRESTAMOS A LAS MUNICIPALIDADES PARA LA REALIZACION DE OBRAS PUBLICAS.
LEY 5.961 Modificando la Ley N? 5.548, sobre préstamos a las municipalidades i Departamento de Obras Públicas. : El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, 1 sancionan con fuerza de— l LEY: i Art. 1° Modifícase el artículo 6° de la Ley número 5.548, que que- o ; dara redactado en la siguiente forma: | i 1 | i — 182 — “Art. 6% Las municipalidades deberán acogerse a los beneficios de esta ley dentro del plazo que fije el Poder Ejecutivo, quien acor- dará los préstamos previa información contable del Ministerio de Economía y Hacienda y estimación por parte del Ministerio de Obras Públicas de las necesidades de cada Municipalidad. Dentro del li- mite del artículo 184 de la Constitución de la Provincia, no quedan 8 excluidas las municipalidades acogidas al régimen de la Ley núme- rc 4.017”. Art. 2° Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 7° de la Ley número 5.548, por el siguiente: “Las solicitudes se formularán al Po- der Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Obras Públicas”. Art. 3° Al solo efecto del cumplimiento de la presente ley, deró- gase toda disposición que se oponga a’la misma. Art. 49 Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintinueve días del mes de octubro de mil nove- cientes cincuenta y ocho. HÉCTOR PORTERO. ARTURO A. CROSETTI. Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Sevretario de la C. de DD. Secretario del Senado. La Plata, 27 de noviembre de 1958. ‘ Cumplase, comuniquese, publiquese, dése al Registro y “Boletin Oficial” y archivese. ALENDE. Horacio J. ZuBIrf. Decreto N° 10.853. . Registrada bajo el número cinco mil novecientos sesenta y uno (5.961). Fetrnr Díaz O'KELLY. a 5 . 1