Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 305

SE DESIGNA - FEDERICO GUILLERMO GATTI LAVISSE - REPRESENTANTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CONSEJO MUNICIPAL DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 12/09/2022Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley Nacional N° 26.168, el Decreto N° 92/PEN/07, las Leyes Nros. 2.217 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 60/19, 463/19 y sus modificatorios y 254/22, la Resolución ACUMAR N° 71/20 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 31444816-GCABA- MGOBGC/22, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nacional N° 26.168, se creó la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR); Que por su parte, el artículo 3° de la citada Ley, contempla la creación en el ámbito de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) de un Consejo Municipal integrado por un representante de cada Municipio de las jurisdicciones comprendidas, cuyo objeto será el de cooperar, asistir y asesorar al ente; Que por Decreto N° 92/PEN/07, se dispuso la integración del referido Consejo Municipal; Que en sentido concordante, el artículo 10 del Anexo II de la Resolución ACUMAR N° 71/20, establece que: "...El Consejo Municipal de la ACUMAR depende del Consejo Directivo, estará integrado por UN (1) representante de cada uno de los municipios citados en el artículo 1° de la Ley N° 26.168. La designación del representante tendrá vigencia mientras el Intendente se mantenga en ejercicio de su cargo, o bien designe uno distinto..."; Que, asimismo, dispone que: "...El Consejo Municipal ejercerá funciones consultivas, de cooperación, asistencia y asesoramiento de los restantes órganos de la ACUMAR en cuestiones inherentes a la cuenca hidrográfica en su conjunto o en una subregión de la misma, para lo cual podrán convocarse reuniones plenarias o regionales sin que sus decisiones tengan carácter vinculante para la ACUMAR..."; Que mediante la Ley N° 2.217, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los términos de la Ley Nacional N° 26.168; Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Gobierno; Que la citada Ley, en su artículo 25, establece que resulta de competencia del Ministerio de Gobierno, "... Coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y los Municipios..."; Que por Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Gestión Metropolitana y Transferencia de Competencias, dependiente de la Subsecretaría Asuntos Metropolitanos y Transferencia de Competencias del Ministerio de Gobierno; Que la mencionada Dirección General, es responsable de impulsar y coordinar acciones que persigan el desarrollo estratégico de las políticas públicas vinculadas con el Área Metropolitana de Buenos Aires, en conjunto con las distintas áreas el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que resulten competentes, como así también asistir a la Subsecretaría Asuntos Metropolitanos y Transferencia de Competencias en la articulación y coordinación de las iniciativas, actividades, acciones y/o proyectos de obras e infraestructura que lleven a cabo las diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que incidan positivamente en la calidad socio- ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo, entre otras; Que por Decreto N° 60/19, se designó al señor Fernando Santiago Galetto, D.N.I. N° 24.536.136, C.U.I.L. N° 20-24536136-0, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo; Que por Decreto N° 254/22, se aceptó, a partir del 31 de julio de 2022, la renuncia presentada por el señor Fernando Santiago Galetto, D.N.I. N° 24.536.136, C.U.I.L. N° 20-24536136-0, como Subsecretario de la Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos y Transferencia de Competencias del Ministerio de Gobierno; Que, en consecuencia, se propicia la designación del señor Federico Guillermo Gatti Lavisse, D.N.I. N° 23.904.375, C.U.I.L. N° 20-23904375-6, en su carácter de Director General Gestión Metropolitana y Transferencia de Competencias, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase al señor Federico Guillermo Gatti Lavisse, D.N.I. N° 23.904.375, C.U.I.L. N° 20-23904375-6, como representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Gestión Metropolitana y Transferencia de Competencias, dependiente de la Subsecretaría Asuntos Metropolitanos y Transferencia de Competencias del Ministerio de Gobierno, notifíquese a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Macri - Miguel