Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12106
Ley 12106/1998 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN EL DENOMINADO BARRIO "EL PERICóN" DE LA LOCALIDAD DE PARQUE SAN MARTíN, PARTIDO DE MERLO, PARA ANEXARLO AL JARDIN DE INFANTES 904.
Ley 12106 LEY 12106 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el denominado Barrio "El Pericón" de la localidad de Parque San Martín, Partido de Merlo, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección N, Quinta 5, Manzana 5c, sólo en la fracción de 7 (siete) metros ocupadas por el Jardín de Infantes Nº 904 de la Parcela N º 24, inscripto su dominio en el Fº 1217/72 del Partido de Merlo a nombre de "Sala de Primeros Auxilios Nº 4 Dr. José Ingenieros" y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios . ARTICULO 2.- El inmueble designado en el artículo anterior será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, para anexarlo al Jardín de Infantes Nº 904 del Partido de Merlo. ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.