Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6192
Ley 6192/1959 - EXPROPIACION DE UN INMUEBLE PARA ALOJAMIENTO DE ESTUDIANTES DE SAN NICOLAS EN LA PLATA.
e. o . ' : ‘ a TREES = 3 : — 263 — : : mM e 8 LEY 6.192 . : a BS : EN _ — Expropiación de un inmueble para alojamiento de estudiantes _ o q i ae 4 0... de San Nicolésen La Plata, E El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires o 7. sancionan con fuerza de ÓN 3 | : : ‘ LEY . . on = : Art. 19 Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación o Ba la finca ubicada en la ciudad de La Plata, en calle. 59 número 118, . E a entre las calles 5 y 6, cuyo terreno es parte del lote número 16, de o oo ae Ñ la manzana H, sección 14, propiedad de doña Leonor Greco; cuyas : a 34 medidas y linderos son: diez metros de frente «al N. O., lindando . a: con calle 59; treinta y siete metros quince centímetros al N.E., lin- a dando con el lote 18 y parte del lote.23; en el costado $. E., una lí- > nea quebrada de tres tramos, el primero de un metro cuarenta y Ed a cinco centimetros, el segundo de nueve metros ochenta y cinco cen- e 3 “timetros y el tercero de ocho metros cincuenta y cinco centímetros, o E a lindando con el resto del lote 16, y cuarenta y siete metros diez : . 3 : centímetros en el costado S. O., lindando con gl lote 14, lo que hace . k una superficie total de cuatrocientos cincuenta y seis metros se- e MN tenta y dos decímetros cuadrados. Dicho bien se encuentra inserip- : : to en el Registro de la Propiedad bajo el número 6.356 de La Plata, el 11 de octubre de 1941, ° if Art. 29 El Poder Ejecutivo iniciará los trámites de expropia- . Co Y ción, con arreglo a las disposiciones de la ley 5.708. E Art. 3° El dominio de la finca que se expropia será transferido . od : a la Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos, la que deberá Se destinarlo para alojamiento de los estudiantes provenientes de di- a 3 cha ciudad. ~ | Art. 4° El dominio del inmueble que se expropia por la presen— a te ley volverá al Fisco Provincial si la municipalidad donataria no . 3 le da el destino previsto en ¡el artículo anterior... ] . a Art. 59 El gasto que demande ¿la presente ley, que se declara . y de urgencia, se atenderá con recursos de Rentas Generales, | ‘ : Y Art, 62 Comuníquese al Poder Ejecutivo. . 3 “Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Bue- . 7 nos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintinueve días del mes de octubre de mil . ? novecientos cincuenta y nueve. 3 } . HÉCTOR PORTERO. ARTURO A, CROSETTIL oe | a Pedro Leo Corbella, Juan José M. Raimondi, co Al Secretario de lá ©. de DD. 7 Secretario del Senado. : 2 ae ne . A . ee E El BE E EP an e a . coe Z : AA, Cl - ° . a os a 2 IES / Le . A : o “8 Re A : - : : o - E E rr . , . : E EEN . . — 264 — ‘ : . ATI o o o e IAN | IM o Departamento de Obras Públicas. teal ali Ae = Ñ | q | Ie: , La Plata, 26 de noviembre de 1959. - sl ps - ER ml | - A E z A A 4 El a | q . Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín EA - Official” y archívese, . E ALENDE. ° ia | Mi. | fs N : Horacio J. Zubiri. ali: le o Decreto 16.446. : l id eal . + + . ; $10 | oe BE dl Registrada bajo el número seis mil ciento noventa -y dos (6.192). Fa dr I | ik : : Ferre Díaz O'KeLDY. A i . j El: E o o E i i [| Z : Bie ; | ea ibe . et i : TRAMITE LEGISLATIVO AAR IND a ial! . 1 a ; Proyecto del diputado Pujató, entrado en Diputados el 19 de octubre dé 195% . MBA : Aprobado el 8 de octubre de 1959. 18 Ml i i . - . Sancionada por Senado el 29 de octubre de 1959. 1648 i toy Promulgada el 26 de noviembre de 1959. : E EN i : o Publicada en el “Boletín Oficial” el 17 de diciembre de 1959, EE i . o : tet i al AA : o