Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8363
Ley 8363/1974 - COMPLEMENTARIA DEL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO 1975.
Reformas y relaciones normativas
2E EN 4 e e ed a e eo a wey AO E a Ñ og . e Be . ; He Go . a . bil me o . . te wy : . ui : . . {i . fl aa . E CL C i ‘ 2 . + y . 2 7 1 | | COLL zea Ecimaraao Directos I Lp. 7% , i A Hronpcitrde Oh LOPES CIEGA di . A . . da Aa, 4, : iby e MPT Gp Entrado . a A . . o. at | i . hey 3 — UN : a | Cif 8363 I y nye ale le : uae : it Hee A, . pe . y Har fs fOr. ñ + y . ue I 2 EE, eh «Denonínace a la presente, Ley Conplesenteria de Presupues a é to para el Bjoreicio 1975. Fi He Art®, 20 ,-Bactiltase al Folder Bjecutivo e celebrar con el Gobicrno — pa Facionel los convenios que foscoa mensster, a low Íconos EEN de resolver el finuncimmiento del Prosupuesto Gensreal cel Hiercicio ~ E 1075, incluyendo la obtencidn de préstamos con ¿lazos ne menoris de ~ th 3 ehos y no meyoros de 30 a intereses no superioros 21 20 por Ciento ik ON ¿nunlo if É Pos 2 nio a, y “, ca TRS 3% te oan Za gerentía de los servicios Sacíltase al Polor Bjocutivo E 3 *. añecter en el importe remmlianie, los vecursos provenientes de le ~ ie ; bovwrbicipación on inpuertos reenutiados por la Neción. i . EN . i 4 lego, 3° ooñas sumas (ue corvesponden ser devositadas on los juicion i ye] en cue le Provincia sea parte, noirdn anticinerse tomendo E : 13/%os Fondos de Rentas Genzvales, con cuxgo a una cuenta transitoria ~~ il Jf fue se ebrirá a tal efecto, que se cancelará on lo medida en que se - - A Rif determine la imputación definitive, con imtervoneidn de lá Contaduría i , H ( General de la Yrovincias La Wiscelía de Ustado deberá reintesrer los i : El fondos anticivados ave no hubiesen sido utilizados entes del cierre - : del Ajercicios . : : > : : Lada it Arto, 40 ¿21 Folder 3jecutivo, y en su caso, las autoridaies de orga El 4 nisnos Descentrelisados, queden Pacultados nara canceler El a con sus recursos del Bjercicio, la devia que registran las respectivas it E cuentes de pasivos. Asímismo, polrán transferir en Jorma, definitiva - A i al ejercicio corriente, fondos vue orovenszan de ejercicios antoriores. | E Act3, 59 .-Feclltase al Poder Ejecutivo a adecuer el Presupuesto Gene | 3 . Ñ ral sobre la base de los aportes que cfectúe el Gobierno ~ . i #acicnal con destino a la atención de los servicios nacionales trans- feridos o que se transiieran a la Provincia. : Ñ | , Art®, 6° Los Orgariisnos Descentrolisudos y le Administracién Central i no poirdn asunir compromisos que involucren para los price | OB, una mayor denanda de aportes de rentas generales pura los -cjer- i y Siguientes y pera la segunda una iwayor, petición de cróditos - é + . . - : 111 i , . i . . Bec Puget A we ee . . E Y . ae eee a aa Conn AO Sus he. RN iS : $ O E : ; Ea ae . . : . an E 83 6.3 | | . . . E 112, . | . . - $ ES ee o | i sobre los fijados en la Ley de Presunuesto. ANN : Tampoco se ampliarán o crearéón servicios en el curso del - | I ejercicio si en la procreación original del Presupuesto no se ha pre HE visto el crédito rara todo el ato. Excepttlase de cuta limitación a los ae . gastos de funcionamionto de servicios que resulten de inversiones con Wee Glufdes en el ojercicio pora las cue heya provisión parcial en el Bre ve supuestos Bst0s cesos sarcán congiduredos por el Foder ¿jecuvtivo con = We intervención del inistorio de Ycononias . it me , arto. 7° ¿La Contsdurie General de le Provincia doterninard cucles — nó . son las Cuentas de “Terceros cuyas carácteriuticos besan - | tl aplicuole el sistona Ge la Pervida Principal 13: "Erogacióones Yseecia idl : les". A esos exectos antorivase 21 Folder Ejecutivo 2 reajuster el ire- ie supvecto introduciendo en él a les Cuentas de @ercoros que reunon ta- oye : les caracterfsticas. : : yin . Los fonios de las Cuentas de Teresros cue denoten inmovili+ ia . vación a juicio del Poler Ejecutivo, serán trancferidos a Rentas Gene- As SN veles». : - He 3 UN, Solo reclamo ulterior soré atendido con el rubro del céicu- rit . E who de recursos que corresponda del Presupuento vigente. a Pe. hte. 8° .-afdetense, haste la sum de OCIO LILES DOSOL umes OUEN E 4 a4 TA LD Pasos ( $ 6.280.000 ) los crétitos globales previstos he . pS e la Partida "Gransferencise" dei item 1 del Ministerio de Bienestar -—_ in | Svecial, le que vuelurd a disposición de la Honcreble Eogisloture. iy A] La Honorebdle Legislntura, en el término de clento veinte - i i “7 (120) atas a pertir de la promuinación del Presuvusato Genoral de la - ha 1) veovineia, aproverd la róniaa total de beneficiarioze : fee if "| Pronscurrido dicho plazo, el Folur Biscutivo disnendrd de - 14 3 los erddites enteblecióos en el primer párral0o : E . Cuando por resones croditicios deben transferirse erdditos EN entre las distintes TinelidaJes incluidas en ul Ite: y Pertida referi- mes dos en el :rizor párrafo no serdn de aplicación las limitaciones cue - rE al respecto fija el artículo 10° inciso I de la Ley de Eresmpusztos o i ért?, 9° ¿Dentro de los treinta Glas de rromlsato el Presupuesto Ge- iE neral de la Provincia, el Ministorio de Bienestar Social - le específicirá las entidades u orranisnos benoficienios de erdiztos de - i transferencias nor el año 1975 y sus asignaciones. te . Este detaile se commicará e la Contaduría General de la —- - le Provincia y a le Direccidén de Presupuesto, cquelando indisponible el -— | 4 Be credito presupuestario haste el onto de las mismas.s if i Durante el ejercicio polrán redistribuirse los montos rercin if j les comunicénioso las resoluciones a los orgenisnos mencionatios en el - Uf A Securlo párraño de este artículos i ¢ la indisponibilidad del erddito; una vez cumplidas las obli" | E Gucicues asumidas, tesa ol 20 de diciembre. dá ¡ Art°,10° ¿o obstante lo establecido en los artículos 4° y 10° de la - | El Ley de Presupuente, el Poder Ejecutivo polrá disponer, respco 'f i to al nimero total de cargos Tijados para la planta permanente del per- } i sonal: . . j . it i ; o. li ion o | AM i : : . o ma B . . : 2 j E ae a Ñ E: e . = a old A oi tans ea es esa si aise coe ces. a sei] y ol . oe 3 UN : . Da ao . EIN pa . - us Bo - Aa 6 3 bi Be ‘ 8 oO itt Pe ie : . fide i . Ñ 7 . We a) Aumentos en el número de cargos y erdditos destinados pera el dE personal de establecimientos educacicuales, de seguridad, 0518 ah tenciales y saniterios, incluídos los de la Dirección de Obras E Sanitzcias, a expensas de disminuciones en el awignado para - ld : otras dveas. . a b) Aumentos en el núnero de cergos y erdditos correspomiientes, = i . mediente veduccionos del núnoro de e-rgos y cróditos rrevistos pd : : dentro de la partida "Personal Temporario" cuendo les barcas a IF boo cunplir fueren de corácter permanente. - . fa oe c) Avmentos en el micro de ezzgos y créditos del Personal Docen- fis E A EN te a oxzenses de erdiites previstos dentro de le partida "Per— le j \ ryt sonal Peunorerie!. . Po , > fae wees : ne Rp: ad) acmentos en oh músro de cargos y créditos en el Ninisterio - rt ed xv de Bluescidn rasta vn náxivo de cuiniéntos (50C), a efectos de Ha aaa posibiliter la desigaroión de porteros de escuela. if fo e) iuncatos en el nvncro le cerzos y crólivos on el Ministerio de ÉS [i Gobierno - Policía - hasta un mdxino de tres mil quinientos - i B (3.500). ; . : it i Ano, 11°.-TPaevllinze el Poder Sjecutivo a exectvar denizneciones tran- ll : } sitovies inpgutables a carges vecnntes de Dlanta Permanente El o. ; col irosupuarto, las cue caducorán al téraino de le vireneia de In cra | i sente lay o antes, al romente de provserse dichos cErsos BOY COLCULEOS E : Te desisnecin se efectuard en le categoría inicial de cela + i uTupemiento. 4 cote personal le serdn avlicables les normas ave -rigen ure el Forscnal Tenmporeri0a 7 a «eto, 120 | Pecúliace el Poder Bjeentivo a dissoner la incorporación — | como personal permanente, e partir del 1% de enero de i975, | | " Con rrescindoncia de las nomas de la-Ley 8303 cue regulen el ingresos | A de loz agentes sua reristen COno trensitorios afectondo cargos permansn 4 Pe “23, coo jormaliar ios y mensuelizalos dentro del citedo régimen esta- El i tutario, sionpre cue cumplen funciones permanentes y ecregitenta la - i A Locha de su incorzoración una antigioded nínina e ininterrumplida de - | : | “os (2) ofos en la Adviinistrecidn Pública Frovinciel. i i Tales incorporaciones se hardn efectivas de confermidad - : : con las provisiones de cargos permancntes contenidas en el Prosupuerto : E ira el corriente ijercicio Pinenciero 7 en ningún caso significardn - É «TO0cién respecto del cargo en cue revistadane | a ásizisio e la fecha de su incorporación se computerd la ~ . j Envisgiedad que on Jorma inintorrunpilo registre el agente en su ante- | o Y.or situación de revistas . ; árt0, 130 | Pacíltase ol Poder Ejecutivo a postergar total o parcial- 7 mente, la computabilided a los efectos de los @portes - 7 : de q sienales, de aquellos conceptos remmer:tivos due, por aplicación . y . 49 disposiciones leguks vicentes, forman parte del sueldo del agen ; “2 Y que el 31 de dicicubre de 1973 no devengaban dichos ayortes. i a e l : M11 h Ñ i o : y SL. O das i iti Sa en aa ous ate Be eo Wists aii ho i : 3 an ‘ , i : | | 8363 | i Ifake | i oo o a . . i ; Arto, 14° .-Exceptiisse de lo esteblecido en le Planilla Anexa I- 3s- I . } cula de Remuneraciones Personal Jererauisado Superior —- . | } aenrovada ror Decruto 119 2.831/74 los remmnoraciones adicionales de - it : los iiombros del Directorio de la Dirección Provincial de Hipdédronos, i i sai. 15% ¿31 Foder Ejecutivo en un plazo de 60 dias a partir de la i E . ¿roruleac ón del presusuccvo, Figard los montos para la i ¿ atención especílica de los servicios miblicos dentro de los exdiitos i ¿ aprobaiec zor la varbida Principal 4 "Servicios. “tos montos no - i 13 poedks: ser trensYeridos e ningún otvo destino, hos zaldos sin afecta at i ción poluén cer vtílicedos cen vosterioridcd al 20 de diciosnbres Les i i , wdip.colicues de Adminiouvacién y Crganionos cue hagan cus veces, son il i renvonecióles de le información sobre montos a Zijacr y de la liguide- El E an ción de los tactuses en tissino y formas. . u . eh : - EH { Arto ¿169 Aíjenes en la suum de $ 100.000 vere edifieios Tiscales i: Poy Gat Py $ 5,200 para edivicios cedidos o elariledos los Lfui~ E É ves enteblecidos ex el trvfeorlo 30% de ln Loy 6757 (1.0. 1971). ‘a . Poe - Ente disposició, no relova a los locadoves de les obliga E i a clones enxergentos de los cerntretos cuscriptos con el Betado. . : pel nto .17° .-EL Ministerio lo Blveceidn, dentro de los 90 días de ~~ : ES prouvlsado ¢l Fresmpuento ócneradl nera el elo 1979180004 4 : 4 / songter al Pojor újecutivo im plon de rerauociones de edificios esco- i H leres por la suma de Y 40.0C0.CCO imnorte previsto en el vromrame - i { específico cue no vodréá afocterse a otro dentino.Ul racosetivo plan i i scrd comunicado a la Contadurfa Generel de le Provincia RoE La Direc i : ción de Prosucuestos : : i Arto, 16° .-A los efeetos de les mortos enusles máxizow pare los ~ ] i compronisos diveridos de la secoiés 2 “irozaciones de — ] i Cazitel", a cus sa vefiere el Artfclo 16%, inciso 2) de la Tey de — j i Contebilided T1645 esteblícese que ellos estardn dsdos ror los iapor Ñ tes fijados pere cada Iven del Presupuesto Generel de le eluuida -— : Sección. . ; j Cuanto “uere menester, los funcionarios nebilitados para { modificar los ergditos, del Eresupuecto Gensral, polirdn auterizar ~ i teansferencins entre importo: disoridos, previa intervoneión del :i- Fi Nisterio de Scouonfa, cin otra linitseids de que el ovisen y destino E do los micnos, corresponde © cunas asignedzs en un mismo ejorcicio - E TinanciuroOs : : | } Art, 199 | vecúliase al Uinietario de Sconenfa a contrater con torce : ros, wedionte licitación priveie, los trabejos de Tnpre- i vién del Presumuosio General 1975 y Cuacivos amexos, como tembién cl: | A Presunuecto Resuwzido sara el supuerto cue no pueden efcetorse pox la: i i Dirceeidén de Impresiones del Sstado y Boletín Cficinl en un plezo - ; ; inferior a 60 días cowsides desde la promulración en tel cezo, les ~ j distintes jurisdicciones lo transferivda los orgditos necescrios sin : las limiveciones del artdiailo 10% de la Ley de Presupuestos i Ars, 20° ,-vaciltese al Poder Hjeortivo, a efcotuar los inerexentos é y ajustes nececerios en el Presupuesto Geneval con destino i ty a la etención de las necesidx tes que deriven de lo dispuesto en los ~ . i . . Jie 7 . ial | | : 8363 ! : et po P NN Doe HN i a Po aptfoulos 8%, 9% y 10° de la hoy 8154. yh al i i 1050, 210 .-Packltase al Poder Ejecutivo a adecuar las remuneracicnes i 3 y asimmeciones faniliares del Lersonal do la ¿duiniciración ne j somoval, conforme los incrementos (ue se acorderen por correcciones al AN ¿ note de Comproiso Nacioiuc. ee | H Ñ A cute efecto el Todas Bjecutivo cuede autorizado e sestio- ie 3 cor gate ol Gobiseno Manecioral el apoyo financioro en las condiciones — ae 3 Dag 2 Za 5 2 . + elt | i sug so fije incluyeudo, en su caso, las idmandas municipaloso Wa . $ El Foter Mj¿cutivo disjonlrá los increnentos y ajustes nece i i : eswios on el iresenucato Genizal. : ie é Hi, 3 . e ~ . a a . + yA E arto, 220 ,-Incorrévase 2 ln Planills Anexa I, Seenla de Remuneraciones UN i Personal dovercuisedo Superior esrobaca por Decroto 1:92.231/ Mt : (la extesoría corvosponiiahe a BubsccrstiVio de Deportes y Surisno - EN fo wacked con une. cetribucida equivalente e la de Subseexset vio de inicia i . Ñ nye . Ñ 7 . Ñ . . Le LT INIA i weG,sutablécese que ln equivalencia nencioneéa es ofoctia nor esta única E : do ol cómo efecto de la incorporación del cargo. a rt AÑ Pa a o» as ee rn a nos . Nay Hl ae, 239 .-sutoriszase al Poder Biecutivo e efectusar les modifiercisanes | i be y adececciones quo fuare nenestor realisar en el Fresurnecto A E pogeeceal ¿el ajereicio 1975 e fin de cumplimentsar lez disposcionss cue, - a E Co e ilande sido dictudas ¿une cl ejercício 1074 en bese a las eutoriga- El IN : clones confevidas por la Loy 6168, no hubieren sido conterplaleas on la o go A] > a sl + Ley de Presupuesto. ke i ha a i ats Ñ a ; nl Eolo ario, 249 Corvalíauase los reajustes e incrementos nresunvestevios - if HW E tt : a A PA a z ane z oa bl wae hubicore roclicado el Todor Bjecutivo rante ol Biorci~ - UN i cio 1974 dora atender las necesileles excrgontes de le anlicución de la || E hoy 0303, Ustatuto sure el Fersonai de ls advinistrecién Táolicao me i E , LS “as 2 e + . o - e El ¿ CAMA, 25% outolificace con carfeter pormenonte la Partida Princirel 11- É it E "Crdaito Adicional" tel Vorenclalor nor Cbjeto de «rogecio- E | : “Oo ayrodado por el Articrlo 2° de la Tey 110 SLES, la wus cvederd reise j ik : viúa de la ciguiento monera: . | 1 E ra : : o os MN z ER GDIA PRIVOTDAL LL - CRIDORO ADICUNIAD : eo i : ; ; i : . _ | : Créiito presupuestario globel que se destinard al wefuerzo $ i i Ques i fhe A a a 7 4 2 A ne ii : 9 Srención de oteas poxtidins durante la ejecución del lresuzuento. | i ; gra Hi E SeEtido Subrrincinel 1 - "Gnmercencia y Ajuste”: 1 : . Z y z + 2 a . a 2 ñ i i o Cediito cresupuestanio slobal, cue no admite inputeción — AN “areca, cuya distribucién o utilisucitn será dispuesta vor el Fodor - : AÑ Onde -- 2 . “ A q : ““ertivo, con rofronda dol lliinistvo de Beononla, pave los iigortes - H l Eo FOovistos en gl Iten "Oblisncicnss del Vesororo y Urdiito de susesencia" Í | : : ane «Anisterio de seoncnia. Tos rostantes erdiitos por este contesto - i | 5 , Ores disnonerlos los tituleres de ls respective juricdicción u orceniz | | 72 daras . - z ms . a a . : Uy deseontrelisndos bue corresponden, previa intervención del "iliniste : : PO de Yoononíal, - ‘ | : nan a les-nivtides que se creen en el curso del Biercicio » expen : te ES ese, Subrrincipal, uo polrán sor posteriomiente reforzadas por - : Pes wets : loa i Via que no sea la de origen. . . . E _ a Ae ‘ me > . . os A a ae niet a ae raha SEAMED oni ER 4 3 ~ E ° ud E 4 : - Al BY E : . ca i Ñ 2 6 2 Ei . ! & O y E: ¿ . a : . . Ene § . : ll AS je] j : . oe me vii 1 | Los inportes vue se dificraa.a futuros ejercicios de las ay y mevas invuesicnes que ce incorporen por evte via no poduedn suporar, - aa i cr conjunto, elxonto del crólito total fijaúo vor le Ley de Presunuesto a i vara efta partida subprincipal, en ¿rozacioónes de Caniteal. pa E has restentes erocaciones que se atienden mediante ls. uti ra : tinue id de esta vertida, no volríán generar para el ejercicio futuro - ho ; noconiánics adicionales vor encina de los iuportes utiliuiiogse af i Perija Bubyrinci al 2 - “wisceicion interiores": : 8 “4 7 Lhe a i i : Atención de gantos cue no hebieren sido avroninios a sns bab Las > o na E a e Land" He. : ejorcicios, de concomaiided con les nomas Ga la hey de Contabilidad u - de \ erigisios en Litroiuntos cuducos o residuos pasivos poriaidos.e hes . : E i Des afectuciones a esta nantide subprincizal por cantos ba i cue no em por Beebcjos Mblicos, co reasropinavdn mensual ante con ca rt E coge les porvidas principales correspondiiéntes con que se etienien los Vet i cntos propios del ejercicios . td i : E! . 4 Ba cl coso de Greabvios Biblicos, la atención de estes sue la Ne s a ie a - > 2 Los A Fare ; vos se ofsetured con corgo al exódito de le partida esnecífica o gio»rl i + corvounondiente e le obra o teabago pÚblico de vue se trate. te : me A Ave’, 26%. Comunícuorne al Poler ijocutivos He i ly k : ES j Dada en la Sala de Sesionce de la Honouable . le y Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, h 1 en In ciudad de La Plate, 2 los dies y ancve . i] 4 afen lel mes Ge diciembre de wil noveetantos i ae F i seventa y. CUELLOS uf . | oo, Zz Y 4 al ) ne — pr. i A | OT i ¿ [eee / AIRES FEET ki i e Lio 7) fog E a y / o iS “A E E of . na Y . i . * ‘ | 4 . 15 E E ay . E : ; DO Lo Zu '] i y e Vaj ad E i : Bois Dr i E i 3. “oat Gf. le t ¿ PB, = BA Y i i : e eS — 06) SÍ $ i Dp . <2 > “> ES , ] : LEELA lee 4 as \ i Lop ELLIE op EG — A ; $ % AZ VED eee CAES . q : QA 5 i i E A DO Seomst felo uollocnados ¡ if a a z i . | | | | i h 1 : iS . . : . . i A . | . : . j i