Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12610
Ley 12610/2001 - DECLáRASE CIUDADANO ILUSTRE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, AL MAESTRO LUIS FORTUNATO IGLESIAS, POR SU INCANSABLE TAREA POR EL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIóN RURAL DE LA PROVINCIA Y EN DEFENSA DE LA ESCUELA PúBLICA.
Ley 12610 LEY 12.610 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º) Declárase ciudadano ilustre de la provincia de Buenos Aires, al Maestro Luis Fortunato Iglesias, por su incansable tarea por el fortalecimiento de la educación rural de la Provincia y en defensa de la escuela pública. Art. 2º) Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil. FELIPE C. SOLA Presidente H. Senado Eduardo Horacio Griguoli Secretario Legislativo H. Senado ALDO O. SAN PEDRO Presidente H. C. Diputados Juan Carlos López Secretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 40 La Plata, 15 de enero de 2001. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. RUCKAUF R. A. Othacehé REGISTRADA bajo el número DOCE MIL SEISCIENTOS DIEZ (12.610). Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación