Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 13

Decreto-ley 13/1962 - (DEC-LEY 13/62) REF: PRORROGA PARA EL PAGO DE IMPUESTOS. MODIFICA EL ART. 2 DE LA LEY 6726.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/06/1962
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Decreto-ley 13/1962 DECRETO-LEY 13/62 Prórroga para el pago de impuestos. Modificación del artículo 2º de la Ley 6726. LA PLATA, 30 de MARZO de 1962. VISTO el expediente número 2.306-34.428, año 1962, del Ministerio de Economía y Hacienda, y CONSIDERANDO: Que la Ley número 6726, en su artículo 2º establece que los impuestos, tasas y contribuciones cuyos plazos de percepción hubie­ren vencido al 31 de diciembre de 1961, podrán pagarse sin recargo, multas ni intereses siempre que se ingrese la totalidad de los im­portes adeudados antes del 31 de marzo de 1962; Que los últimos acontecimientos, especialmente el cierre de las instituciones bancarias durante la última semana o su funciona­miento anormal, han imposibilitado el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales por parte de contribuyentes y responsables; Que dicha situación aconseja postergar el vencimiento de la condonación aludida, a fin de que los deudores puedan acogerse a sus beneficios; Que por lo demás, tal postergación no debe ser rígida en cuanto a la fecha, dado que las circunstancias de acontecimientos públicos han sido de tal gravedad que sólo en su aplicación sería posible va­lorar la necesidad de su mayor o menor extensión. Por ello, EL COMISIONADO FEDERAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 2º de la Ley número 6726, susti­tuyéndose las expresiones “31 de marzo de 1962” por “15 de abril de 1962”. ARTÍCULO 2.- Facúltase al señor Comisionado Federal para ampliar di­cho plazo, no pudiendo las prórrogas exceder del 30 de julio de 1962. ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y remítase al Gobierno Nacional, para su aprobación.