Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12834
Ley 12834/2002 - DECLáRASE PATRIMONIO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A LA SEDE DEL CLUB CAMPANA BOAT CLUB, UBICADA EN AVENIDA RIVERA DEL PARANá S/N DE LA CIUDAD DE CAMPANA.
Ley 12834 LEY 12.834 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º: Declárase Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires a la Sede del Club Campana Boat Club, ubicada en Avenida Rivera del Paraná s/n de la ciudad de Campana. Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil uno. FELIPE C. SOLA Presidente H. Senado Eduardo Horacio Griguoli Secretario Legislativo H. Senado OSVALDO JOSE MERCURI Presidente H. C. Diputados Elio Omar Bernues Prosecretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 7 La Plata, 2 de enero de 2002. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. RUCKAUF R. A. Othacehé REGISTRADA bajo el número DOCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO (12.834). Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación