Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 390

SE DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIARIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO POR LOS SEÑORES DAMIÁN FELIPE RÍOS Y MARIANO BLATT - SOCIOS GERENTES - SOCIEDAD DE HECHO BLATT & RIOS - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1817-MCGC/19

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/12/2021Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.347), las Resoluciones Nros. 802-MCGC/19, 1817-MCGC/19, 1101- SSPCNA/19 y 8238-MCGC/19, los Expedientes Electrónicos Nros. 3730938-GCABA-SSPCNA/19, 16210330-GCABA-MGEYA/19 y 34446699- GCABA-MGEYA/19, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración, interpuesto por los señores Damián Felipe Ríos y Mariano Blatt, en su carácter de socios Gerentes de la Sociedad de Hecho BLATT & RIOS, contra la Resolución N° 1817-MCGC/19; Que mediante la citada Resolución se dejó sin efecto la Resolución N° 802-MCGC/19 que autorizó la contratación del señor Blatt Mariano, CUIT N° 20304955784, para prestación de servicios artísticos y culturales - editor antología poesía, premio festival bienal; Que los señores Mariano Blatt y Damián Felipe Ríos, en su carácter de socios Gerentes de la Sociedad de Hecho BLATT & RIOS, interpusieron un recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, el que fuera desestimado por Resolución N° 1101/SSPCNA/19; Que por Resolución N° 8238-MCGC/19 se convalidaron los términos de la Resolución N° 1101-SSPCNA/19; Que se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que la recurrente ha efectuado una presentación con fecha 06/11/2019 a los fines de ampliar los fundamentos del recurso incoado; Que en dicha presentación el recurrente reitera los argumentos expuestos en su recurso original; Que se advierte que los fundamentos vertidos por los recurrentes no aportan nuevos elementos para desvirtuar la decisión tomada anteriormente, por lo que corresponde tener por reproducidos los argumentos de la Resolución N° 1101/SSPCNA/19 convalidada por Resolución N° 8238/MCGC/19 y no hacer lugar a lo solicitado; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad, corresponde el rechazo del recurso jerárquico subsidiario; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que legalmente le compete. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración, interpuesto por los señores Damián Felipe Ríos y Mariano Blatt, en su carácter de socios Gerentes de la Sociedad de Hecho BLATT & RIOS, contra la Resolución N° 1817-MCGC/19. Artículo 2°.-El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.347), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Miguel